Ayer el máximo tribunal confirmó la suspensión provisional que otorgó al IFT para no implementar el Padrón hasta que se determine su constitucionalidad.
El organismo autónomo quejoso únicamente busca proteger su independencia financiera, la cual sería lesionada si es obligado a poner en marcha el Padrón.
Originalmente, los artículos de la LFTYR invalidados permitían a las empresas de radio y televisión autorregular la aplicación de los derechos de las audiencias.
Se realizará durante 20 días hábiles a partir del 12 de abril, y se analizará si es necesario modificarle las reglas como agente económico preponderante.