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Si SCJN convalida amparo a Salinas Pliego, "acto de claro favoritismo": UIF

El 4 de julio de 2022, el juez federal Regis López otorgó el amparo a Salinas Pliego no sólo para excluirlo de la aplicación de la Ley de Instituciones de Crédito y Ley del Mercado de Valores, también determinó que la información que por ley deben entregar las instituciones financieras del país a la UIF no podrá ser utilizada nunca en ningún caso ni bajo motivo alguno, ni aún para la presentación de denuncias por la posible comisión de delitos. Foto
El 4 de julio de 2022, el juez federal Regis López otorgó el amparo a Salinas Pliego no sólo para excluirlo de la aplicación de la Ley de Instituciones de Crédito y Ley del Mercado de Valores, también determinó que la información que por ley deben entregar las instituciones financieras del país a la UIF no podrá ser utilizada nunca en ningún caso ni bajo motivo alguno, ni aún para la presentación de denuncias por la posible comisión de delitos. Foto Cuartoscuro/ Archivo
13 de marzo de 2025 20:16

El que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) convalide el amparo concedido por el juez décimo sexto de distrito, Gabriel Regis López, a Ricardo Benjamín Salinas Pliego, para excluirlo de la aplicación de leyes tendientes a proteger al sistema financiero y la economía nacional “sería un funesto precedente y un acto de claro favoritismo”, condenó la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En una tarjeta informativa, la UIF explicó que debido a que Salinas Pliego apareció en las 72 personas señaladas en los Pandora Papers, una investigación sobre el uso de paraísos fiscales, se había solicitado información a las instituciones financieras del país. Esto en línea con la petición del Grupo de Acción Financiera (GAFI), que en octubre de 2021, solicitó a los países miembros obtener y analizar información financiera de sus nacionales enlistados.

El 4 de julio de 2022, el juez federal Regis López otorgó el amparo a Salinas Pliego no sólo para excluirlo de la aplicación de la Ley de Instituciones de Crédito y Ley del Mercado de Valores, también determinó que la información que por ley deben entregar las instituciones financieras del país a la UIF no podrá ser utilizada nunca en ningún caso ni bajo motivo alguno, ni aún para la presentación de denuncias por la posible comisión de delitos.

De ahí que la UIF impugnó el amparo ante la SCJN y acusó al juez de pretender “una vez más golpear la capacidad de nuestro país para prevenir, evitar y combatir las operaciones con recursos de procedencia ilícita”. El recurso es “ahora, más grave que otras inicuas resoluciones judiciales debido a que deja sin efectos cuatro disposiciones de ley para una sola persona”.

“Sustraer a una sola persona de la aplicación de leyes, la ubica por encima de todo un país al otorgarle capacidad definitiva y permanente para eludir la aplicación de la legislación en materia de lavado de dinero y otros ilícitos relacionados, ya que su información financiera personal no podría usarse en procedimiento penal o civil alguno, dentro y fuera del país, para siempre”, destacó la UIF.

El miércoles, la Segunda Sala de la SCJN determinó  por unanimidad, que la ministra Lenia Batres Guadarrama está legalmente impedida para participar en la votación del amparo en revisión de Salinas Pliego contra la UIF.

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