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Aprueban en Edomex reformas para endurecer penas por despojo

Se configurará el delito cuando se trate de un predio que por decreto del Ejecutivo del Estado haya sido declarado área natural protegida (en sus diferentes modalidades), y se le impondrán de siete a 12 años de prisión y de 700 a mil días multa. Foto
Se configurará el delito cuando se trate de un predio que por decreto del Ejecutivo del Estado haya sido declarado área natural protegida (en sus diferentes modalidades), y se le impondrán de siete a 12 años de prisión y de 700 a mil días multa. Foto Cuartoscuro/ archivo
27 de junio de 2025 15:00

Toluca, Edomex. El pleno del Congreso del estado de México aprobó, por unanimidad de votos, reformas al Código Penal estatal para endurecer las penas a quien cometa el delito de despojo y amplió las agravantes para evitar que quien incurra en este ilícito pueda evadir la prisión.

Con estas modificaciones se pretende evitar casos como el de la señora Carlota “N”, de 74 años, quien el pasado 1 de abril, en Chalco, disparó y mató a dos personas que presuntamente habían ocupado ilegalmente su vivienda y se negaban  a devolverla.

De acuerdo con el dictamen, se alcanzarían los 25 años y seis meses de prisión cuando participen servidores públicos o notarios que ayuden o colaboren en la inscripción de bienes que han sido arrebatados a su legítimo propietario y los pongan a nombre de la persona que incurrió en el despojo

También se castigará con esta pena cuando el despojo  se realice con violencia física o moral, o mediante el rompimiento de cerraduras, el forzado de puertas o ventanas; se cometa en contra de un ascendiente o descendientes del poseedor o dueño legítimo; se aproveche clandestinamente la ausencia de esta persona; la víctima sea una persona mayor de 70 años, menor de 18 años, mujer embarazada, persona con discapacidad o perteneciente a un pueblo o comunidad indígena.

Por otro lado, la reforma actualiza las características de este delito grave, para establecer que el despojo es la acción de impedir materialmente el disfrute de un inmueble ajeno, lo que se castigará con cinco a 10 años de prisión y de 700 a mil días multa.

Esta penalidad se aplicará también cuando la persona desvíe o utilice aguas, propias o ajenas, en contravención a lo dispuesto por la ley de la materia, o ejerza un derecho real sobre aguas que no le pertenezcan; realice actos de dominio que afecten o lesionen los derechos legítimos de uso, disfrute o aprovechamiento de aguas por parte de su titular.

Además, se configurará el delito cuando se trate de un predio que por decreto del Ejecutivo del Estado haya sido declarado área natural protegida (en sus diferentes modalidades), y se le impondrán de siete a 12 años de prisión y de 700 a mil días multa.

Finalmente, el dictamen de la reforma señala que el despojo se sancionará sin importar si el derecho a la posesión sea dudoso o esté en disputa y tendrá la calidad de permanente, mientras subsista la detentación material del inmueble objeto del ilícito por el activo.

El diputado Octavio Martínez, de Morena,  señaló que con estas modificaciones se aspira a reducir las denuncias relacionadas con despojo, aportar mayores herramientas a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México para dar resultados, y colaborar con el gobierno estatal para construir un Estado de Derecho y combatir la corrupción.

Samuel Hernández Cruz expuso que en la zona metropolitana del Valle de México hay 600 mil viviendas de conjuntos urbanos deshabitadas y acechadas por la delincuencia para ser invadidas.

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