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Ordenan a Cefereso 16 diseñar política en materia de salud mental

Instalaciones del Cefereso 16 en imagen de archivo. Foto
Instalaciones del Cefereso 16 en imagen de archivo. Foto Observatorio de Prisiones
05 de marzo de 2025 20:22

Ciudad de México. Un juzgado de distrito de Morelos otorgó un amparo al Instituto Federal de Defensoría Publica (IFDP) que ordena a las autoridades del Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) 16 de la entidad, elaborar una política de Estado en materia de salud mental para 16 mujeres privadas de la libertad.

El juzgador consideró la información presentada por las partes, incluyendo 16 opiniones técnicas elaboradas por la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura del IFDP, y determinó que las autoridades responsables no acreditaron que garantizaron el acceso a especialidades médicas tales como traumatología, ortopedia, ginecología, nutrición, oftalmología, neurología y gastroenterología.

"Este fallo deriva de un amparo promovido en diciembre de 2023 por la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, en colaboración con la Unidad de Litigio Estratégico en Derechos Humanos del IFDP, en el que, a partir de estándares nacionales e internacionales, se reconoce la obligación de las autoridades penitenciarias y otras corresponsables de garantizar el derecho a la vida, la integridad y la vida libre de violencia de las mujeres privadas de libertad, lo requieren de una adecuada regulación así como fiscalización y supervisión eficaz de la prestación de servicios de salud". 

El IFDP informó que el Juzgado Décimo de Distrito de de Moleros resolvió el juicio de amparo indirecto 21/2024, donde determinó que la autoridad penitenciaria no acreditó haber proporcionado de manera continua la atención psiquiátrica a las quejosas, ni que se les hubieran entregado los medicamentos indicados, ni el seguimiento correspondiente a su diagnóstico. 

Indicó que el Juez de Distrito reconoce que dichas conductas “constituyen una forma de violencia en contra de las quejosas quienes [al estar privadas de libertad] no tienen mayores elementos para alcanzar un óptimo estado de salud mental”, así como “un abuso total de la posición de poder de las autoridades frente a las mujeres privadas de libertad”.

Agregó que a partir de lo anterior, la sentencia de amparo ordena a la Secretaría de Salud, diseñar e implementar una política de Estado en materia de salud mental para las mujeres privadas de la libertad, con planes a corto, mediano y largo plazo; y a las autoridades penitenciarias del Cefereso 16, les ordena garantizar que personal médico especialista en psiquiatría brinde atención y seguimiento adecuado a las mujeres quejosas. Además, ordena la entrega inmediata de los expedientes clínicos a las mujeres afectadas como parte de su derecho a la información en materia de salud.

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