Ciudad de México. Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el uso de la plataforma Spotify no es ilegal en las campañas de candidatos a jueces, magistrados y ministros.
El asunto surgió por la impugnación de un candidato, luego de que el Tribunal Electoral del Estado de México lo amonestó por la contratación de este servicio de reproducción.
A propuesta de la magistrada Claudia Valle se votó en favor de que esa posibilidad no constituye publicidad ilegal, en este caso específico porque se contrató un servicio digital para colocar en una plataforma una canción alusiva a una candidatura. Por tanto, se ordenó revocar la multa.
En la primera elección judicial en México, realizada el pasado domingo 1 de junio, se prohibió la contratación de espacio alguno para divulgar propaganda, y solo se permitió la difusión en redes sociales propias, y gastos operativos de la propia bolsa de los candidatos.
Ahora, en la revisión de casos específicos, la Sala Superior resolvió que la contratación del servicio digital debe considerarse lícito.
En otro asunto, que antes abordaba la Sala Regional Especializada del TEPJF, extinta el mes pasado, se analizó si el comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral fijó adecuadamente los costos que una empresa debe cubrir por reponer la pauta electoral.
Por unanimidad fueron revocados los acuerdos del INE porque no realizó estudios de mercado para determinar el precio por el tiempo aire, para esa reposición.
Los siete integrantes de la Sala Superior del TEPJF sesionaron este miércoles de modo virtual.