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Cometió López Obrador violencia política: TEPJF

El mandatario del país, Andrés Manuel López Obrador, durante la conferencia matutina del 4 de junio de 2024. Foto Yazmín Ortega Cortés
El mandatario del país, Andrés Manuel López Obrador, durante la conferencia matutina del 4 de junio de 2024. Foto Yazmín Ortega Cortés
14 de junio de 2024 07:45

Ciudad de México. La sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador cometió violencia política de género, en la modalidad de violencia simbólica, contra Xóchitl Gálvez, entonces senadora y posteriormente candidata presidencial de la coalición opositora integrada por PAN, PRI y PRD.

Lo anterior, por expresiones emitidas en las conferencias mañaneras del 3, 5, 10, 11 y 14 de julio, así como el 3, 7 y 18 de agosto de 2023, en las que el mandatario dijo que Gálvez había sido designada como candidata por un grupo político, el cual optó por una mujer de pueblo para ganar simpatías en el electorado.

El denunciante del caso aparece en el anonimato (dato protegido) y la resolución de esta sala regional especializada es impugnable ante la sala superior del TEPJF.

“Se actualizan los términos de la infracción porque configura violencia simbólica con el objeto de menoscabar el reconocimiento de sus derechos políticos, con base en su carácter de mujer e indígena, al reforzar el estereotipo de inferioridad o dependencia para acceder a cargos públicos y no es autónoma en sus decisiones.

Además, se niega a reconocer su trayectoria como funcionaria pública; en consecuencia, por el régimen especial que rige al Presidente, se determina su responsabilidad, se indica en el proyecto hecho por el magistrado presidente de esta sala, Luis Espíndola, el cual contó con el respaldo de su colega Mónica Lozano y el voto en contra de Rubén Lara.

La sala subrayó que el Presidente de la República no puede ser sancionado por infracciones de índole electoral; únicamente se le responsabiliza, de acuerdo con criterios establecidos por la sala superior.

De igual forma –y en consecuencia a lo anterior–, tampoco le fueron dictadas medidas de reparación integral, como la inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadoras en Materia de Violencia Política en Razón de Género del Instituto Nacional Electoral (INE).

En otros asuntos, la sala especializada impuso diversas multas a partidos políticos por uso indebido de la pauta, e incluso a la propia Xóchitl Gálvez por vulnerar el interés superior de la niñez al divulgar imágenes de menores en propaganda comicial.

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