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Amparan a Ramón Sosamontes contra vinculación a proceso relacionado con 'Estafa Maestra'

Ramón Sosamontes, ex jefe de comunicación social de la Secretaría de Desarrollo Social.
Ramón Sosamontes, ex jefe de comunicación social de la Secretaría de Desarrollo Social. Foto Cuartoscuro / archivo
30 de septiembre de 2025 15:27

Ciudad de México. Ramón Sosamontes Herreramoro, uno de los hombres más cercanos a Rosario Robles Berlanga, y ex jefe de comunicación social de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), de 2012 a 2015, obtuvo un amparo que ordena dejar sin efecto la vinculación a proceso que se le dictó por su probable responsabilidad en el delito de uso indebido de atribuciones y facultades, relacionado con la llamada ‘Estafa Maestra’.

En febrero de este año, el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación ratificó el auto de vinculación a proceso, que un juez de control en el Reclusorio Norte de la Ciudad de México le dictó al ex funcionario en octubre de 2023. 

De acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), en 2014 Sosamontes Herreramoro presuntamente contrató de manera indebida, con recursos públicos, servicios con Radio y Televisión de Hidalgo, los cuales no se realizaron, ocasionando con ello un detrimento a la hacienda pública federal por más de 353 millones de pesos. 

Sin embargo, el ex funcionario publicó impugnó el fallo ante el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal, por lo que el magistrado Alberto Torres Villanueva resolvió de manera unilateral otorgarle la protección de la justicia federal.

Los efectos de la medida cautela son para que el el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación deje insubsistente la resolución del 13 de febrero dictado en el toca penal 819/2023 y dicte una nueva resolución, en donde con libertad de jurisdicción se pronuncie sobre los diversos agravios expresados por la defensa.

De acuerdo con el expediente, el magistrado Alberto Torres Villanueva argumentó que al momento de resolver el recurso de apelación contra la vinculación a proceso, el Segundo Tribunal Colegiado en la citada materia no fundó ni motivo su determinación.

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