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Sala superior del TEPJF devuelve triunfo a panista en Zacatecas

Miguel Ángel Varela en un acto proselitista durante su campaña en imagen tomada de su perfil de X.
Miguel Ángel Varela en un acto proselitista durante su campaña en imagen tomada de su perfil de X.
14 de septiembre de 2024 18:01

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) devolvió el triunfo a Miguel Angel Varela Pinedo – de la coalición PAN, PRI, PRD- a la presidencia municipal de Zacatecas, luego de que la Sala Regional del TEPJF con sede en Monterrey había declarado la nulidad de los comicios por supuesta compra prohibida de espacios en radio.

A propuesta de la magistrada presidenta, Mónica Soto, se dijo que la Sala Regional hizo una “interpretación errónea” al dar por cierta la adquisición de tiempos en radio fuera de los permitidos por el Instituto Nacional Electoral, cuando en realidad fueron expresiones emitidas en 16 entrevistas periodísticas.

“Estimo que la Sala Regional no analizó debidamente el contenido de las entrevistas a la luz de la libertad de expresión, el derecho a la información y la presunción de licitud del que goza la actividad periodística. La Sala Regional indebidamente dejó subsistente la nulidad de la elección del ayuntamiento de Zacatecas debido a que a partir de una interpretación y aplicación inexacta del artículo 41 tuvo por acreditada la adquisición de tiempos en radio como base para actualizar la nulidad”, dijo la ponente.

Agregó que se pasó por alto el derecho de información a la ciudadanía así como el debate plural en las campañas electorales.

“Lejos de poderse calificar a las entrevistas como un especie de propaganda electoral encubierta, como se consideró en las instancias previas, estimo que estas se enmarcan en un ejercicio periodístico auténtico debido a que no se desvirtuó su presunción de licitud, al no acreditarse ninguna reiteración, sistematicidad o algún otro elemento que las hiciera perder dicha autenticidad”, expuso.

Por tanto, la Sala Superior del TEPJF revocó la sentencia de la Sala Regional Monterrey, se declaró la validez de la elección, así como la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.

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