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AIEEF rechaza "persecución penal" contra consejeros de INE

Integrantes de la AIEEF destacaron que de acuerdo a la legislación, “si una decisión adoptada por el Consejo General del INE no es compartida por las distintas fuerzas y actores políticos, puede ser impugnada y corresponde a los órganos jurisdiccionales resolver ese diferendo y establecer qué criterio jurídico prevalecerá”. Imagen tomada del sitio http://aieef.mx/
Integrantes de la AIEEF destacaron que de acuerdo a la legislación, “si una decisión adoptada por el Consejo General del INE no es compartida por las distintas fuerzas y actores políticos, puede ser impugnada y corresponde a los órganos jurisdiccionales resolver ese diferendo y establecer qué criterio jurídico prevalecerá”. Imagen tomada del sitio http://aieef.mx/
28 de diciembre de 2021 15:28

Las consejeras y los consejeros presidentes integrantes de la Asociación de Instituciones Electorales de las Entidades Federativas (AIEEF) rechazaron “la persecución penal” y demás acciones que consideraron de “intimidación” en contra de los seis integrantes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) que aprobaron el acuerdo para posponer temporalmente el desarrollo del proceso de revocación de mandato.

En un pronunciamiento manifestaron que es preocupante que “las decisiones fundadas y motivadas de un órgano constitucional autónomo pretendan convertirse en una persecución penal, a través de denuncias ante la Fiscalía General de la República”. Ello, consideraron, “se trata de una acción injustificada y sin sustento jurídico que en nada abona a la independencia con la que el Consejo General del INE, al igual que todas las autoridades electorales locales jurisdiccionales y administrativas del Sistema Electoral Nacional, valoran y votan los asuntos de su competencia”.

Subrayaron que “en todos los órganos colegiados del Estado mexicano, incluidos los del Sistema Nacional de Elecciones, las diferencias de opinión y el consiguiente sentido de los votos son un elemento de normalidad democrática”.

Los integrantes de la AIEEF también destacaron que de acuerdo a la legislación, “si una decisión adoptada por el Consejo General del INE no es compartida por las distintas fuerzas y actores políticos, puede ser impugnada y corresponde a los órganos jurisdiccionales resolver ese diferendo y establecer qué criterio jurídico prevalecerá”.

Puntualizaron que en el caso del acuerdo sobre el proceso de revocación de mandato, éste fue impugnado “y el INE, como siempre ocurre con las autoridades administrativas en materia electoral, acatará la respectiva resolución jurisdiccional”.

Finalmente, concluyeron que “en un Estado democrático de derecho las diferencias de opinión no se persiguen como delitos”.

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