Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este martes la reforma aprobada en julio al artículo 24 de la Constitución de Morelos, que aumentaba de 20 a 30 las curules del Congreso local al crear las diputaciones de “primera minoría”.
Con mayoría, el Pleno aprobó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf que resolvió una acción de inconstitucionalidad promovida por Movimiento Ciudadano (MC), en la que acusó que se rompe el equilibrio del sistema mixto y viola el artículo 116 constitucional.
La Corte concluyó que la figura de “primera minoría” no se encuentra prevista en la Constitución Federal para los congresos estatales y podía distorsionar el equilibrio entre mayoría relativa y representación proporcional, afectando el pluralismo político.
El Decreto 433 publicado el 17 de julio pasado sobre la reforma a la Constitución de Morelos creó diputaciones de “primera minoría” y aumentó el Congreso local de 20 a 30 curules: 18 de mayoría relativa, 4 de primera minoría y 8 de representación proporcional.
Sin embargo, la Corte sostuvo que la Constitución federal solo permite integrar los congresos locales a través de mayoría relativa y representación proporcional, sin crear principios nuevos.
Loretta Ortiz sostuvo que la diputación de primera minoría es inconstitucional porque se asigna únicamente a los segundos lugares en distritos uninominales, sin vincularse al porcentaje total de votos y permitiendo incluso que quienes la obtienen accedan también a curules plurinominales.
Este diseño -sostuvo- distorsiona la pluralidad política, favorece a los partidos dominantes y puede concentrar hasta el 73.33% de las curules.