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SCJN acepta excluir a ministra Ríos González del caso Grupo Elektra

La SCJN aceptó la excusa de la magistrada María Estela Ríos González para no participar en el resolutivo de amparo de Grupo Elektra contra la ministra Lenia Batres. Foto
La SCJN aceptó la excusa de la magistrada María Estela Ríos González para no participar en el resolutivo de amparo de Grupo Elektra contra la ministra Lenia Batres. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
29 de octubre de 2025 14:47

Ciudad de México. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la solicitud de la ministra María Estela Ríos González para excusarse de ser ponente y de participar en la resolución de un recurso promovido por Grupo Elektra contra la ministra Lenia Batres Guadarrama, debido a que reconoció que la “cercanía” entre ambas —derivada de haber laborado juntas en la Consejería Jurídica de la Presidencia— podría comprometer su imparcialidad.

El impedimento legal fue aprobado en la sesión de este miércoles con siete votos contra uno, el de la ministra Batres Guadarrama, quien rechazó la validez de la causa planteada por Ríos González, ex consejera Jurídica del ex presidente Andrés Manuel López Obrador.

“En contra, ya que la cercanía no constituye una causal de impedimento, y (perdón) agrego que las relaciones laborales tampoco generan impedimento”, dijo Batres.

Ríos se declaró impedida para conocer del impedimento 33/2024, promovido por Elektra el año pasado contra las ministras Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y el ahora ministro en retiro Alberto Pérez Dayán, a fin de que no participen en la revisión de un juicio de amparo promovido por la empresa contra un crédito fiscal correspondiente al ejercicio 2013, calculado por las autoridades en 33 mil 306 millones de pesos por impuestos, recargos, multas y actualizaciones.

Tras la llegada de la nueva integración de la Corte, el impedimento 33/2024 fue turnado el 2 de septiembre pasado a la ministra Ríos. Pero ella solicitó el pasado 23 de octubre excusarse del caso, con base en el artículo 56 de la Ley de Amparo y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Según el proyecto aprobado del ministro Giovanni Figueroa Mejía, la ministra María Estela Ríos argumentó estar impedida para conocer del impedimento 33/2024, debido a que es un hecho público y notorio que ella y la ministra Lenia Batres coincidieron laboralmente cuando esta última fungió como consejera adjunta de Legislación y Estudios Normativos —de octubre de 2021 a diciembre de 2023—, periodo en el que ella se desempeñaba como consejera jurídica del Ejecutivo federal.

“Es claro que el principio de imparcialidad en su dimensión personal, sí puede verse en riesgo atendiendo al reconocimiento expreso que la Ministra promovente apunta en su escrito de excusa, en torno a la cercanía existente entre ella y una de las Ministras que figuran en el diverso impedimento 33/2024, máxime cuando esa condición corresponde a su ámbito subjetivo y podría influir en su ánimo interno para juzgar y resolver ese asunto en concreto”, concluyó la Corte.

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