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Inconstitucional desconocer actas de nacimiento extemporáneas para solicitar pasaporte: SCJN

La Corte confirmó un amparo a favor del ciudadano Miguel Ángel Benítez Hernández, a quien en diciembre del 2023 le negaron el pasaporte en oficinas de la SRE en Tijuana, porque presentó como documento de identidad y nacionalidad su acta de nacimiento con registro extemporáneo.
La Corte confirmó un amparo a favor del ciudadano Miguel Ángel Benítez Hernández, a quien en diciembre del 2023 le negaron el pasaporte en oficinas de la SRE en Tijuana, porque presentó como documento de identidad y nacionalidad su acta de nacimiento con registro extemporáneo. Foto Cuartoscuro / archivo
28 de octubre de 2025 14:40

Ciudad de México. Por unanimidad de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este martes inconstitucional que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) exija a solicitantes de pasaportes en México y consulados del mundo “pruebas complementarias al acta de nacimiento extemporánea”, es decir, aquellas personas con actas registradas con posterioridad a los tres años en que tuvo lugar su nacimiento

Además, el alto tribunal anunció que prepara la declaratoria general de inconstitucionalidad para invalidar el artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, que impone esos requisitos adicionales. Determinó que pedir la SRE “no puede desconocer un documento del registro civil” y que solicitar documentos extra constituye discriminación indirecta contra grupos vulnerables, al presumir irregularidades y exigir una carga probatoria desproporcionada.

“El texto reglamentario reclamado puede ocasionar discriminación a personas y comunidades indígenas, además del total de personas que no cuentan con acta ni registro de nacimiento un gran número se concentra en los municipios con altos índices de marginación”, expuso la ministra Yasmín Esquivel Mossa, al presentar su proyecto que resolvió el amparo en revisión 403/2025.

La determinación de la Corte se dio al confirmar un amparo a favor del ciudadano Miguel Ángel Benítez Hernández, a quien en diciembre del 2023 le negaron el pasaporte en oficinas de la SRE en Tijuana, Baja California, porque presentó como documento de identidad y nacionalidad su acta de nacimiento con registro extemporáneo.  

El ministro Irving Espinosa Betanzo señaló que un registro de nacimiento extemporáneo no implica irregularidad, sino las condiciones de desigualdad en México que impiden el acceso oportuno al registro civil. Añadió que es injusto que quienes fueron inscritos tarde deban cargar con las consecuencias de esa omisión del Estado.

“Resulta irracional que sea quien padeció la omisión del Estado quien termine pagando sus consecuencias. Lo afirmo categóricamente, nadie debería pasar la vida en oficinas gubernamentales probando su propia existencia”, dijo.

El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz también dijo que pedir requisitos adicionales al acta es “desproporcionado, viola el principio de igualdad, niega el derecho a la identidad, incluso al libre tránsito, no de una, sino de un gran número de personas, sobre todo en zonas rurales y pertenecientes a pueblos indígenas”. 

“Es impresionante, pero a estas alturas de la vida, todavía hay hermanos y hermanas que no cuentan con actas de nacimiento, no solo tres años, sino muchos años después logran acceder a estos a este documento de identidad, e incluso hay esfuerzos de de distintas instancias por allegar este servicio a comunidades rurales”, señaló. 

Al final de la sesión, a propuesta del ministro Espinosa Betanzo, los ministros acordaron que en próximos días la ministra Yasmín Esquivel someterá a votación del Pleno la declaratoria general de inconstitucionalidad del artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje. 

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