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Revoca SCJN seis amparos contra la LIE

Los seis proyectos de la ministra Lenia Batres aprobados retiran la protección a Parque Salitrillos, Parque Solar Don José, Parque Solar Villanueva, Productora Nacional de Papel, Alimentos Sello Rojo, Munisol, Promotora V.A. y Fuentes de Energía Peñoles. Foto Cuartoscuro / archivo
Los seis proyectos de la ministra Lenia Batres aprobados retiran la protección a Parque Salitrillos, Parque Solar Don José, Parque Solar Villanueva, Productora Nacional de Papel, Alimentos Sello Rojo, Munisol, Promotora V.A. y Fuentes de Energía Peñoles. Foto Cuartoscuro / archivo
15 de enero de 2025 15:08

Ciudad de México. Aplicando el criterio de “supremacía constitucional”, la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó este miércoles seis amparos que ocho empresas promovieron contra la reforma a Ley de la Industria Eléctrica (LIE) que el expresidente Andrés Manuel López Obrador promulgó el 9 de marzo del 2021.

En sesión, fueron aprobados en paquete y por unanimidad seis proyectos de la ministra Lenia Batres Guadarrama, con los cuales sobreseyeron los juicios, es decir, se dejaron sin estudio y se les revocó la protección contra la LIE que habían ganado en juzgados federales las empresas Parque Salitrillos, Parque Solar Don José, Parque Solar Villanueva, Productora Nacional de Papel, Alimentos Sello Rojo, Munisol, Promotora V.A. y Fuentes de Energía Peñoles.

Lo anterior, debido a que no se puede dar a las empresas la protección de la justicia federal contra la LIE por la reciente reforma constitucional en materia de áreas y empresas estratégicas, promulgada el 31 de octubre de 2024, que dio preponderancia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) frente a las empresas privadas.

“Sobre el tema, se precisa que dicha reforma modificó el modelo de política energética nacional contemplado por los artículos 25, 27 y 28 de la CPEUM. Respecto de los cuales se centraba en la apertura a la participación privada en algunos sectores de la industria eléctrica, misma que debía realizarse bajo un entorno de libre competencia entre los participantes del mercado, incluidas las empresas productivas del Estado teniendo en cuenta la incorporación de la sustentabilidad”, señaló el proyecto aprobado.

Se resalta que “si bien aún subsiste la posibilidad para los particulares de participar en ciertos sectores de la industria eléctrica, no menos cierto es que se modificó el enfoque de eficiencia y libre competencia, dándose prevalencia a las empresas públicas del Estado”.

Los fallos de la segunda sala derivan de la resolución de amparos en revisión promovidos por la Presidencia de la República, que entonces encabezada López Obrador, y por el Congreso de la Unión.

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