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Proyecto del TEPJF ordena a partidos postular a 4 mujeres y 4 hombres para ocho gubernaturas

Sesión de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la Ciudad de México. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
Sesión de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la Ciudad de México. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
07 de noviembre de 2023 10:30

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenaría a los partidos postular al menos cuatro mujeres y cuatro hombres, en ocho de las nueve gubernaturas que se disputarán el año próximo.

Así se indica en un proyecto de resolución del magistrado Felipe de la Mata, al darle la razón a Movimiento Ciudadano y dejar sin efectos el esquema de paridad de cinco hombres y cuatro mujeres que había ordenado el Instituto Nacional Electoral.

En principio, de ser avalado el proyecto, se dejaría fuera de estos criterios a Yucatán, porque ya tiene regulado el tema en su legislación local, y al advertir que el INE no tiene facultades para fijar ese tipo de medidas, porque aun en caso de omisiones en las normas de entidades federativas debió primero ejercer la facultad de atracción; es decir, el TEPJF marca al INE una falta de procedimiento.

Por tanto, la regla 4-4 se aplicaría en ocho entidades federativas: Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Morenos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Jalisco.

“Los Partidos Políticos quedan vinculados a postular de forma paritaria en esas ocho entidades federativas sus candidaturas a la gubernatura, de las cuales, cuatro serán mujeres y cuatro hombres”, se indica en el proyecto elaborado por De la Mata.

Puntualiza que para el caso de las mujeres esta indicación se traduce en un piso y no en un techo, es decir, al menos cuatro de ellas tendrán que ser candidatas. En consecuencia, los partidos son libres de postular a más mujeres.

Subraya que estas medidas son producto de la interpretación constitucional, convencional y legal, que respeta la actuación de las legislaturas locales, sin que ello limite la autoorganización y autodeterminaciónde los partidos.

Los partidos deberán informar a los organismos públicos locales (institutos electorales estatales) las cuatro entidades donde postularán candidatas.

En las que ya iniciaron precampañas – como la Ciudadde México- en un plazo de 48 horas contados a partir de la notificación de la eventual sentencia del TEPJF, y en el resto un día antes del inicio de las precampañas.

Sanciones 

El documento a discutir advierte que en caso de que los partidos incumplan, el INE indicará al Ople que ordene al partido , coalición o candidatura común para que en un plazo de 48 horas sustituya para cumplir con la paridad.

En caso de no hacer el cambio, “el INE sorteará entre las candidaturas del género mayoritario registradas cuál o cuáles perderán su candidatura, hasta cumplir la paridad, e informará al Ople para que proceda a la negativa del registro o a la cancelación de la candidatura.

Moneda en el aire 

Lo anterior es un proyecto que se someterá a votación del Pleno de la Sala Superior que tras la salida de dos magistrados, esta se encuentra operando con cinco magistraturas.

Si asisten los cinco a la sesión de este miércoles, evidentemente no habría problema de empate.

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