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SCJN anula reforma electoral de Guanajuato

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Sede de la SCJN, en la Ciudad de México. Foto José Antonio López / Archivo
28 de septiembre de 2023 13:19

Ciudad de México. Por haber sido aprobada mediante violaciones al proceso legislativo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma electoral promovida por el Partido Acción Nacional (PAN) en Guanajuato, que fue promulgada el 31 de mayo pasado, e impugnada por Morena.

Los ministros señalaron que los legisladores incurrieron en varias trasgresiones al principio de deliberación democrática para que se aprobaran las modificaciones a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de esa entidad, como entregar el dictamen a los diputados a menos de 24 horas de su votación y darle dispensa de trámite sin fundamentar el motivo de la urgencia.

El ministro Alberto Pérez Dayán hizo hincapié en que durante este proceso se cometieron violaciones al proceso legislativo similares a las que llevaron a la SCJN a invalidar el llamado Plan B de reforma electoral federal.

“En esa medida, y considerando que estas condiciones apuntadas aquí por el partido político Morena son esencialmente las mismas que tuvo en consideración este alto tribunal para resolver, el 8 de mayo de 2023, las acciones de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas 30, 31, 37, 38, 43 y 47 todas de 2023, por 9 votos. De manera que, asistiéndole la razón al presidente nacional del partido accionante, al demostrar la violación a los principios de la deliberación democrática, coincido con el proyecto y es, en mi concepto, de declararse la invalidez de la norma que produjo el congreso del estado de Guanajuato”, advirtió Pérez Dayán.

Al resolver los efectos de su sentencia, los ministros señalaron que la reforma invalidada había cambiado la fecha del inicio del proceso electoral en Guanajuato, que antes comenzaba en la primera semana de septiembre, para dejarlo ahora a finales de noviembre del año previo a la elección.

Señalaron que el instituto electoral guanajuatense les informó que ya estaban procediendo conforme al nuevo calendario, por lo que la SCJN decidió no anular esta parte de la ley, dejando que el proceso inicie a finales de noviembre, para no causar más cambios en su marco legal.

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En su mensaje, la ministra Batres advirtió que este tipo de interpretaciones de la ley “favorecen a las empresas privadas impactando los intereses del erario”.

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