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Valida TFJA daño de 230.7 mdp a Hacienda Pública por Estela de Luz

La Estela de Luz se inauguró en enero de 2012 tras una polémica, ya que desde su construcción se incrementó el costo que pasó de $400 millones, considerados en el proyecto original, a más de mil millones de pesos. Foto Alfredo Domínguez / archivo
La Estela de Luz se inauguró en enero de 2012 tras una polémica, ya que desde su construcción se incrementó el costo que pasó de $400 millones, considerados en el proyecto original, a más de mil millones de pesos. Foto Alfredo Domínguez / archivo
31 de mayo de 2023 14:51

El pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) validó la resolución emitida por la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, mediante la cual determinó la existencia de daño a la Hacienda Pública Federal por 230 millones 77 mil 487 pesos, dentro de la construcción del espacio conmemorativo y monumento denominado “Estela de Luz”, que se edificó en el sexenio de Felipe Calderón.

El asunto derivó de una impugnación interpuesta por Carlos Sánchez Gutiérrez, señalado de participar en el daño ocasionado al Estado, tras cometer diversas irregularidades como: pagos en exceso respecto del precio unitario de acero inoxidable; kilogramos de más pagados; desembolsos en demasía por conceptos de transporte y montaje, entre otros.

La Estela de Luz que se inauguró en enero de 2012 fue muy polémica, ya que desde su construcción se incrementó el costo que pasó de 400 millones de pesos, considerados en el proyecto original, a más de mil millones.

Por unanimidad, los magistrados aprobaron el proyecto de su homólogo Juan Manuel Jiménez Illescas, quien declaró infundados e inoperantes los argumentos con que el ex funcionario pretendió desvirtuar las acusaciones.

El imputado alegó que la ASF cometió irregularidades en la revisión del caso que la llevó a fijar responsabilidad. El pleno de la Sala Superior del TFJA, confirmó que la autoridad sí valoró las pruebas aportadas en el procedimiento, concluyendo que la parte actora sí cometió las anomalías enumeradas.

De lo anterior, se determinó que la resolución dictada por la Dirección General de Responsabilidades de la ASF fue emitida con apego a derecho y por lo tanto existe una responsabilidad directa del imputado quien, de manera mancomunada, deberá resarcir el daño a la Hacienda Pública Federal.

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