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Anula TFJA inhabilitación de ex funcionario vinculado a Rosario Robles

La ex titular de Sedatu, Rosario Robles. Foto José Antonio López / Archivo
La ex titular de Sedatu, Rosario Robles. Foto José Antonio López / Archivo
04 de enero de 2023 19:12

Ciudad de México. Mauricio Razo Sánchez, ex titular del Órgano Interno de Control de la extinta secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) en la administración de Rosario Robles, ganó de nuevo la demanda contra la Secretaría de la Función Pública (SFP), que lo destituyó e inhabilitó por cinco años.

Por unanimidad, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) anuló la resolución del 30 de octubre de 2019 con la que la Secretaría de la Función Pública (SFP) le impuso dicha sanción para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público por un lustro.

La Sala Superior del órgano jurisdiccional consideró fundados los agravios presentados por el ex servidor público, por lo que ordenó a la dependencia federal emitir una nueva resolución ajustándose a los resolutivos de la sentencia.

El TFJA señaló que el tribunal de alzada consideró que el juzgador dejó de analizar una prueba documental consistente en la sentencia interlocutoria de 28 de octubre de 2020, emitida en el juicio de nulidad, por lo que la sentencia revocada carecía de exhaustividad, y al efecto ordena que se atiendan los planteamientos de las partes con vista de las pruebas y constancias que obran en el presente juicio así y resolviera lo que a derecho corresponda.

Por ello tenía que determinar si la demandada al resolver el procedimiento de responsabilidades administrativas mediante la resolución del 30 de octubre de 2019, impugnada en el presente juicio, podía imponer una sanción superior a la fijada en la fijada en la resolución del 20 de diciembre de 2017, declarada nula.

Los magistrados aprobaron el proyecto de su homólogo, Alfredo Salgado Loyo, quien dijo que, al no prosperar los argumentos de la actora, propuso nuevamente “declarar la nulidad de la resolución impugnada dejando a salvo la facultad de la autoridad demandada para dictar una nueva resolución, tomando en cuenta la conclusión alcanzada en presente la sentencia”.

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