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Emite CNDH recomendación a INM por negar ingreso al país a refugiado

Usuarios de la T1 del AICM en imagen de archivo. Foto Guillermo Sologuren
Usuarios de la T1 del AICM en imagen de archivo. Foto Guillermo Sologuren
03 de agosto de 2022 18:35

Ciudad de México. Por rechazar el ingreso al país de una persona que contaba con el reconocimiento de la condición de refugiado, que llegó en octubre de 2021 procedente de Miami, Estados Unidos, al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al titular del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Graduño.

De acuerdo con el expediente de queja, dicha persona arribó el 13 de octubre de 2021 a la Terminal 2 del aeropuerto; sin embargo, personal migración rechazó su ingreso al país bajo el argumento de que contaba con alerta migratoria.

La CNDH en su Recomendación 143/2022 acreditó violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, al debido proceso en sede administrativa, a la libertad personal y de tránsito, atribuibles a personas servidoras públicas adscritas a la Oficina de Representación del INM en la Ciudad de México, pues la víctima contaba con una situación migratoria regular en el país, ya que la tarjeta de residente permanente, que expidió el propio instituto a su favor, derivó del reconocimiento de la condición de refugiado por parte de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar).

Aun cuando la tarjeta tenía vigencia indefinida, dicha persona no fue admitida y, por el contrario, se le trasladó a la estancia provisional que el INM tiene en la citada terminal aérea, en la que permaneció hasta el 14 del mismo mes y año, fecha en que se ejecutó su rechazo.

Ante ello, la CNDH solicitó al comisionado del instituto que repare integralmente el daño causado, que gire instrucciones a la persona servidora púbica adscrita a la Oficina de Representación del INM en la Ciudad de México, encargada de analizar y valorar toda la documentación e información vinculada a la situación jurídica migratoria de la víctima para que, en su caso, resuelva sobre la modificación del registro de control migratorio a su nombre, tomando en consideración la condición de refugiado por parte de la Comar que le fue concedida previamente, se le notifique de manera inmediata y se le devuelva la tarjeta de residente permanente.

También le instruyó la impartición de un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, así como del procedimiento administrativo migratorio y las labores de revisión migratoria, al personal de la subrepresentación local del INM en la terminal 2 del aeropuerto de la Ciudad de México.

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