La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de declarar inconstitucional el castigo penal contra las mujeres que aborten establece un criterio obligatorio para todo el país, al haber sido aprobado por unanimidad.
Así lo explicó el ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, al hablar antes de levantar la sesión: “Con este criterio unánime del tribunal constitucional, no sólo se invalidan las normas que fueron objeto de discusión, si no se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país”.
Con la ausencia del ministro Mario Pardo Rebolledo, el voto de los 10 ministros presentes permite que la decisión de la SCJN se constituya en jurisprudencia, por lo que casos similares, pendientes de resolución en cualquier juzgado y tribunal del país, deberán fallarse en el mismo sentido, es decir, que no procede encarcelar a ninguna mujer que haya abortado.
Actualmente, sólo en 4 entidades del país: la Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz e Hidalgo, se permite la interrupción legal del embarazo, por lo que esta práctica se penaliza en 28 estados.
Estos castigos son inválidos constitucionalmente, a partir de la decisión de la SCJN, según explicó Zaldívar: “A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte, en los supuestos que ha considerado válido este tribunal constitucional.
“A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres“.
“El día de hoy es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, por su dignidad y por el pleno ejercicio de sus derechos“.