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Avala el TEPJF reglas para la difusión de mañaneras

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Sala de sesiones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la Ciudad de México. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
01 de abril de 2021 08:37

Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación advirtió ayer a los concesionarios de radio y televisión que opten por transmitir de manera completa o parcial las conferencias mañaneras del presidente Andrés Manuel López Obrador, en entidades donde se desarrollan campañas electorales, que incurren en un alto riesgo de transgredir la restricción constitucional de difundir propaganda gubernamental y por tanto de ser sancionados.

Esta situación porque las emisiones se hacen en vivo y es imposible separar los contenidos que posiblemente impliquen una infracción electoral de aquellos con carácter informativo, señaló en sesión pública, donde puntualizó que los servidores públicos tienen el deber de cuidar que sus mensajes no contengan elementos dirigidos a influir en las preferencias electorales.

Violación a la normativa electoral

Durante dicho encuentro también decidió regresar a la Sala Regional Especializada el caso de los servidores de la nación, para que haga un nuevo análisis del tema y determine si el mandatario federal y otros funcionarios de alto nivel trasgredieron la normativa electoral durante la gestión de los programas sociales del gobierno.

Al resolver impugnaciones de concesionarios sancionados por transmitir las mañaneras de manera íntegra en estados donde hubo elecciones durante 2019 y 2020, los magistrados aprobaron lineamientos relacionados con la difusión de esas conferencias que están dirigidos tanto a los empresarios como a los funcionarios.

Entre ellos, resalta el planteamiento de que los concesionarios no tienen obligación legal de transmitir las ruedas de prensa del jefe del Ejecutivo federal, ya sea de manera total o parcial.

Pero sí están obligados a no emitir propaganda gubernamental en aquellos lugares donde se desarrollen campañas electorales y a no modificar la pauta ordenada por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Los criterios establecen que cuando un funcionario convoca, organiza o participa en una conferencia, para difundir logros de gobierno, incurre en la emisión de propaganda gubernamental en medios, lo cual está prohibido durante la etapa de proselitismo y hasta el día de los comicios.

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