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Pueblos indígenas lamentan aval de la SCJN a ley minera

Mina a cielo abierto en Zacatecas. Foto Alfredo Valadez / Archivo
Mina a cielo abierto en Zacatecas. Foto Alfredo Valadez / Archivo
14 de enero de 2021 14:20

Ante la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que confirmó la constitucionalidad de la Ley Minera, pueblos indígenas de diversas comunidades del país y organizaciones de la sociedad civil lamentaron la decisión y señalaron que el fallo significa un retroceso en la construcción del Estado pluricultural en el país y la protección de los territorios y patrimonios bioculturales de pueblos y comunidades. 

Además, al negar la inconstitucionalidad de esa ley, el máximo tribunal del país ignoró que 35 por ciento del territorio nacional se encuentra concesionado a empresas mineras y decidió “validar un sistema que históricamente ha despojado de su territorio a los pueblos indígenas, y que ha cometido, de forma recurrente, violaciones a sus derechos humanos”, señaló el Centro Mexicano de Derecho Ambiental.

Por ello, las comunidades indígenas y las organizaciones no gubernamentales involucradas, estudian la posibilidad de “presentar, en su momento, el caso ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos para buscar acceder a la justicia que el Estado mexicano les ha negado”.

De igual forma, la Corte “ignoró todos los argumentos” esgrimidos tanto por las comunidades como a través de distintos Amicus curiae, presentados por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), académicos del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Earthjustice, la Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes de Colombia, el Environmental Defender Law Center (EDLC), y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro.

Ayer, la segunda sala de la SCJN resolvió negar el amparo promovido por comunidades indígenas de Puebla, quienes reclamaban la inconstitucionalidad de la Ley Minera. Los pueblos y las organizaciones civiles calificaron como “muy negativo” el hecho de que la SCJN “haya actuado con opacidad” al haber hecho público el proyecto de resolución del ministro Javier Laynez Potisek apenas un par de días antes de votarlo, “sin que hubiera la oportunidad de tener una amplia discusión pública”.

El objeto del amparo interpuesto por el Consejo Maseual Altepetajpianij era “visibilizar cómo es que por medio de la Ley Minera se impone un modelo de desarrollo que nulifica los derechos de los pueblos, particularmente a la libre determinación y al territorio, esto es, que invisibiliza su vida social, económica, política y espiritual”. 

Es por ello, que no se trata sólo de un asunto sobre el derecho a la consulta, sino de cómo se construye la legislación en México. 

A decir del Cemda, la Ley Minera vigente debió ser elaborada por el Congreso de la Unión con los pueblos indígenas debido a que “se pueden generar impactos significativos en la vida y entorno de los pueblos indígenas”.

Además, se debieron regular en el contenido de la legislación mecanismos para respetar y proteger los derechos fundamentales como el territorio, el agua y la autodeterminación de los pueblos indígenas tal y como se ha hecho en otras leyes. 

“Dado que esto se omitió en la elaboración y promulgación de la Ley, el otorgamiento de concesiones mineras en territorios indígenas es inconstitucional”, señaló el Cemda en un comunicado.

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