Ciudad de México. El gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General de Aguas y la reforma, adiciones y derogaciones de diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, recientemente discutidas y aprobadas por el Congreso de la Unión.
La Comisión Nacional del Agua (Conagua) elaborará la Estrategia Nacional, en colaboración con el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) y aprobada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y será publicada en el DOF .
Los escenarios de línea base, las proyecciones de emisiones y las metas de la Estrategia Nacional se fijarán a diez, veinte, cuarenta y sesenta años.
Al menos cada diez años, la Secretaría con la participación de la Comisión y del IMTA deberán revisar la Estrategia Nacional, para conocer si hay desviaciones en las estimaciones proyectadas y los resultados evaluados. Asimismo, se actualizarán los escenarios, proyecciones, objetivos y las metas correspondientes.
El documento explica que la Estrategia tendrá un enfoque sistémico y contendrá un diagnóstico y evaluación de las acciones y medidas puestas en marcha en el país, así como su desempeño en el contexto internacional.
También medidas para erradicar la distribución inequitativa del agua, propuestas para fortalecer las capacidades de adaptación y reducir el riesgo, así como, pérdidas y daños, la vulnerabilidad social y de los ecosistemas ante los efectos hidrometeorológicos del cambio climático, entre otros puntos.
Dentro de las políticas para garantizar el derecho humano al agua y saneamiento se integra con los siguientes instrumentos: el Programa Nacional Hídrico, los Programas Regionales Hídricos, y los de la Cuenca, aquellos correspondientes en los ámbitos federal, estatal y municipal en materia de agua potable y saneamiento.
También el Registro Público Nacional del Agua y criterios e indicadores de eficiencia y calidad de carácter hídrico, económico, social y ambiental relacionados con el cumplimiento del derecho humano al agua; junto con el Sistema Financiero del Agua.
La Ley considera el líquido como un derecho humano del que toda persona gozará y los organismos operadores no podrán suspender totalmente el suministro de agua potable y el servicio de saneamiento por falta de pago; en todo caso, deben suministrar la cantidad mínima para el consumo humano básico.