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ONGs llaman a la Corte a garantizar fondos fijos para la atención de víctimas.

Sede de la SCJN en imagen de archivo. Foto
Sede de la SCJN en imagen de archivo. Foto José Antonio López
17 de noviembre de 2025 16:02

Ciudad de México. En vísperas de la discusión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del proyecto de declaratoria general de inconstitucionalidad de la reforma a la Ley General de Víctimas, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), junto con Fundar, Centro de Análisis e Investigación, hicieron un llamado para poner al centro a las víctimas y garantizar la protección efectiva de sus derechos, exigiendo que se restablezca un recurso fijo, etiquetado e irreductible.

Este martes, la Corte discutirá un proyecto de declaratoria general de inconstitucionalidad a cargo del Ministro Giovanni Figueroa Mejía, con el que “tiene en sus manos la oportunidad de asegurar la protección efectiva de los derechos de miles de víctimas en México, exigiendo que se restablezca un presupuesto fijo, etiquetado e irreductible”, señalaron en un comunicado.

El mínimo presupuestal debe garantizarse mediante los instrumentos legales disponibles y debe etiquetarse específicamente para ayuda, atención y reparación, garantizando que no se destine para otros fines, afirmaron.

En 2020, con la reforma a la Ley General de Víctimas (LGV) se eliminó el mínimo presupuestal para la ayuda, asistencia y reparación a víctimas, un derecho previamente conquistado. Previo a esta reforma, en su Artículo 132, fracción I, se incluía la garantía de un recurso mínimo, el cual no podía ser menor del 0.014 por ciento del gasto programable del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) del año inmediato anterior.

Derivado de lo anterior, el Centro Prodh promovió una demanda de amparo en enero de 2021, en tanto se trataba de una medida regresiva a los derechos de las víctimas. Así, la Primera Sala de la SCJN, en sesión del 13 de marzo de 2024, resolvió por unanimidad el Amparo en Revisión 675/2022, en cuya sentencia declaró que la eliminación de la mencionada garantía presupuestaria en favor de las víctimas constituye una medida regresiva injustificada y violatoria del principio de progresividad, en relación con el derecho humano a una reparación integral del daño.

En este caso, debido a que el Congreso de la Unión no hizo los cambios necesarios para revertir esta medida regresiva, “la SCJN tiene en sus manos, al discutir el proyecto de declaratoria general de inconstitucionalidad, la oportunidad de garantizar los derechos de las víctimas, estableciendo efectos claros y obligatorios, a decir”.

El organismo defensor de derechos humanos subrayó que la eliminación de esta garantía ha tenido un impacto directo y negativo en la capacidad del Estado para atender a las víctimas y que afectó el presupuesto asignado a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).

Las organizaciones enfatizaron que la decisión que tiene en puerta el máximo tribunal es central para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las víctimas a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia y reparación integral, particularmente ante un contexto donde la violencia continúa en niveles alarmantes y el número de víctimas continúa incrementando, y en el que el Estado no ha logrado consolidar una política de atención digna y adecuada y donde el Sistema Nacional de Víctimas ha sido totalmente olvidado.

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