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SCJN suspende resolución sobre obligatoriedad de consulta a personas con discapacidad

Sede de la SCJN en imagen de archivo. Foto
Sede de la SCJN en imagen de archivo. Foto José Antonio López
07 de octubre de 2025 19:03

Ciudad de México. Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se dividieron este martes en torno a mantener o abandonar el criterio que por casi una década ha mantenido el alto tribunal que dicta invalidar una norma de forma automática por falta de consulta previa a personas con discapacidad. El asunto provocó discordia y confusión, por lo que se decidió dejarlo pendiente para el próximo lunes.

El debate giró en torno a la Acción de Inconstitucionalidad 182/2024, promovida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán de Ocampo (CEDHMO), que impugnó la validez de las reformas aprobadas en noviembre de 2024 a los artículos 13, fracción XIV, y 54, fracción IX, de la Ley de la CEDHMO. Dichas reformas regulan la frecuencia de las visitas a orfanatos, hospitales psiquiátricos y centros de detención. La Comisión argumentó falta de consulta a niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad, además de inseguridad jurídica, discriminación e invasión a su independencia.

La ministra Lenia Batres propuso un proyecto en el que determinó que los argumentos eran infundados, al considerar que la consulta previa no es obligatoria en los procedimientos legislativos dirigidos a estos grupos —lo que representa un cambio de criterio respecto de la Corte anterior—. Sostuvo que las reformas fortalecen la función de la Comisión, al ampliar la vigilancia en instituciones con mayor incidencia de violaciones a derechos humanos, sin afectar los derechos de las personas con discapacidad ni de menores de edad.

“Que el derecho a la consulta previa sea exigible ante esta corte, solo cuando lo soliciten las personas con discapacidad, no los nuevos ministros, o sus organizaciones… Nosotros hemos aquí documentado que la Corte antes de septiembre, es decir, la vieja Corte antes de septiembre, es decir, la vieja Corte, había invalidado de 2016 a 2023, 50 decretos de leyes generales y estatales mediante acciones de inconstitucionalidad por falta de consulta a personas con discapacidad, de las cuales, solamente tres restringían derechos fundamentales de personas que integran este grupo social”, expuso Batres.

Sin embargo, aunque el proyecto fue respaldado por ocho votos contra uno, cuatro ministros se separaron de parámetros del mismo, lo que causó confusión de que hubieran seis votos necesario para un cambio de criterio.

“Puede que alguien esté confundido con su voto, pero claramente señalé: hay un cambio de criterio, vamos a someterlo a votación”, dijo Hugo Aguilar, presidente de la Corte.

Sin embargo, ministros como Giovanni Figueroa Mejía, quien pidió que la Corte “no debería tener prisa para abandonar criterios longevos” antes de construir nuevos que aporten más, y la ministra Yasmín Esquivel, manifestaron su inconformidad con que su votación anterior significara el aval a párrafos del proyecto que implicaban el cambio de criterio.

“El asunto aún no está concluido, yo no estoy de acuerdo con esta nueva propuesta hasta no verla en blanco y negro.. no nos pueden obligar en un criterio que no hemos visto en blanco y negro”, dijo Yasmin Esquivel Mossa.

Al final, el ministro presidente declaró “en pausa” el asunto para seguir con la discusión el próximo lunes.

“Nada está escrito en piedra y hasta que no terminemos todo el debate del asunto no se habría terminado”, señaló.

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