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Juez en Tamaulipas emitirá nueva sentencia para que padres cubran alimentos extraordinarios de sus hijas

El CJF informó que el Juzgado Octavo de Distrito, con sede en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, analizó el asunto desde la perspectiva del interés superior del menor, estableciendo que si los padres comparten la custodia definitiva debe señalarse la manera en que deberán proceder para sufragar gastos. Foto
El CJF informó que el Juzgado Octavo de Distrito, con sede en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, analizó el asunto desde la perspectiva del interés superior del menor, estableciendo que si los padres comparten la custodia definitiva debe señalarse la manera en que deberán proceder para sufragar gastos. Foto Alfredo Domínguez / Archivo
27 de julio de 2025 12:45

Ciudad de México. Un juez federal amparó a una madre de familia que ordena a un Juzgado en Materia Familiar en Tamaulipas emita una nueva sentencia, en la que condene a ambos padres cubrir los alimentos extraordinarios o eventuales de sus hijas menores de edad, y fije claramente el monto y los términos que le corresponde a cada uno.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que el Juzgado Octavo de Distrito, con sede en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, analizó el asunto desde la perspectiva del interés superior del menor, y estableció que si los padres comparten la custodia definitiva debe señalarse la manera en que deberán proceder para sufragar gastos que no quedan solventados con el solo hecho de incorporar a los menores a su domicilio, al quedar relevados de la pensión alimenticia mutua. 

De acuerdo con los antecedentes, el padre promovió la cancelación del embargo del 40 por ciento de sus percepciones ordinarias y extraordinarias. La petición fue proveída por el Juez Familiar porque si se decretó la custodia compartida de los hijos, quienes estarán la mitad de cada semana con su madre y la otra con su padre. 

En esos periodos en que cada uno de los progenitores incorpora a los menores en su casa se garantizaban los rubros de comida, alojamiento y esparcimiento, incluso la salud, siendo innecesario el embargo por concepto de alimentos.

Al respecto, Adriana Yolanda Vega Marroquín, jueza Octavo de Distrito en el Estado de Tamaulipas consideró el interés superior del menor y ordenó al juzgador local emitir una nueva resolución que fije claramente la forma y los términos en que ambos padres cubrirán los alimentos extraordinarios de las niñas si se encuentran bajo su custodia y en qué porcentaje lo harán con los restantes gastos que no resulten cotidianos. 

Lo anterior, porque el juzgador responsable omitió establecer la manera en que los progenitores deberán proceder cuando tengan que sufragar cuestiones o gastos que no quedan solventados con el solo hecho de incorporar a los menores a su domicilio, como serían los relativos a tópicos de salud (eventualidades médicas mayores), vestido y educación, en cuanto a las inscripciones, colegiaturas, uniformes y útiles escolares.


 


 


 


 


 


 

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