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Impugna FGR amparo otorgado a ex titular de Unidad Antisecuestros de la extinta PGR

La pena que se le impondría a Ramírez Gutiérrez sería de ocho meses a cuatro años de prisión y no de cinco a 40 años.
La pena que se le impondría a Ramírez Gutiérrez sería de ocho meses a cuatro años de prisión y no de cinco a 40 años. Foto Cuartoscuro /Archivo
22 de julio de 2025 13:07

La Fiscalía General de la República (FGR) impugnó el amparo que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en ciudad de México, le otorgó Gualberto Ramírez Gutiérrez, ex titular de la Unidad Antisecuestros de la entonces Procuraduría General de la República.

El recurso que le concedieron al imputado en mayo pasado ordena dejar sin efecto el auto de vinculación a proceso que se le dictó por desaparición forzada y tortura contra Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo, para que éste declarara ser uno de los líderes regionales de Guerreros Unidos y estar relacionado con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, acusaciones de las que fue absuelto.

El caso se turnó a un Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal, quien admitió a trámite dicha apelación. En los próximos días el magistrado Fernando Córdova del Valle y los secretarios en funciones de magistrados Isidro Jaramillo Olivares y Mónica Claudia Paredes Calderón, determinarán si confirman, modifican o revocan el fallo de su homologó.

“Se admite el recurso de apelación interpuesto por el agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Unidad Especializada de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa, de la FGR, contra la determinación emitida en audiencia de 13 de mayo de 2025, en lo atinente a la determinación que declaró prescrita la acción penal y decretó el sobreseimiento parcial de la causa, únicamente respecto de los hechos con apariencia de delito de desaparición forzada de personas, así como la adhesión hecha valer por el defensor particular del justiciable”, señala el acuerdo.

Los magistrados que protegieron al exfuncionario argumentaron que debía concederse el amparo para que, en cuanto a la desaparición forzada de personas, se considere la atenuante de que El Cepillo fue liberado dentro de los tres días siguientes a su detención. Por ello, la pena que se le impondría a Ramírez Gutiérrez sería de ocho meses a cuatro años de prisión y no de cinco a 40 años.

En aquella ocasión, los magistrados del Tribunal Colegiado, Horacio Armando Hernández Orozco –presidente–, Juan José Olvera López y Francisco Javier Sarabia Ascencio, ordenaron al juez de control del Reclusorio Sur celebrar una nueva audiencia en la que la Fiscalía General de la República (FGR) y la defensa de El Cepillo, debatan si el delito de desaparición forzada de personas ya prescribió.

“Lo procedente es conceder el amparo para que el juez de Control responsable deje sin efectos el auto de vinculación a proceso del 1 de julio de 2023, dictado en la causa 148/2021”.

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