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Conceden amparo por falta de atención obstétrica en hospital de CDMX

De acuerdo con el expediente, una usuaria de los servicios médicos públicos que ofrece el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Salud tuvo una urgencia obstétrica; acudió a los hospitales Materno Infantil Tláhuac y, posteriormente, al General Tláhuac.  Foto
De acuerdo con el expediente, una usuaria de los servicios médicos públicos que ofrece el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Salud tuvo una urgencia obstétrica; acudió a los hospitales Materno Infantil Tláhuac y, posteriormente, al General Tláhuac. Foto Cuartoscuro / archivo
22 de junio de 2025 12:54

Ciudad de México. Una juez de distrito amparó a una mujer por la omisión en la atención obstétrica en hospitales públicos de la Ciudad de México. La impartidora de justicia  determinó que autoridades responsables de garantizarle cuidados médicos oportunos, en un contexto de urgencia, violaron su derecho a la salud e incurrieron en omisión de atención obstétrica; además, les ordenó reembolsar los gastos médicos por un monto de 25 mil 42 pesos que erogó para recibir asistencia privada para su labor de parto.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que, Sandra De Jesús Zúñiga, titular  del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa resolvió que la omisión resulta contraria al disfrute del derecho a la salud, en el que se encuentran acciones dirigidas a proteger, promover y restaurar el bienestar físico y emocional de la persona y la colectividad. 

De acuerdo con el expediente, una usuaria de los servicios médicos públicos que ofrece el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Salud tuvo una urgencia obstétrica; acudió a los hospitales Materno Infantil Tláhuac y, posteriormente, al General Tláhuac. 

Ambas instituciones le negaron la atención con el argumento de que en ese momento no contaban con médicos disponibles para atender su parto. A pesar de percibir bajos ingresos económicos, determinó acudir a un hospital particular para ser atendida y pagó 25 mil pesos.

Por ello,  interpuso un juicio de amparo y argumentó violaciones a sus derechos constitucionales, específicamente al derecho a la salud y a una atención médica adecuada en situación de urgencia obstétrica.

Al realizar el estudio de fondo, la togada concluyó que las autoridades responsables, en especial el titular de Prestación de Servicios Médicos y Urgencias, y la Directora Ejecutiva de Atención Hospitalaria, incurrieron en actos omisos, porque no lograron acreditar que no tuvieran la obligación legal de atender la urgencia de su parto. Tampoco presentaron evidencia que demostrara la existencia de un plan de contingencia ante ausencias del personal médico. 

La Juzgadora  concedió el amparo e instruyó a las autoridades responsables reembolsar los gastos médicos del hospital privado. Además, les ordenó adoptar las medidas necesarias para garantizar la atención médica oportuna en casos de urgencia obstétrica, incluyendo la implementación de mecanismos adecuados ante ausencias del personal.

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