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Niegan suspensión definitiva: seguirán corridas de toros en CDMX

Activistas, durante una representación en la que simularon sangrar por el uso de banderillas, frene a la sede del Congreso de la CDMX. Foto Luis Castillo / archivo
Activistas, durante una representación en la que simularon sangrar por el uso de banderillas, frene a la sede del Congreso de la CDMX. Foto Luis Castillo / archivo
27 de mayo de 2024 12:48

Una juez federal en materia administrativa con sede en la ciudad de México negó la suspensión definitiva a la asociación civil Va por sus Derechos para impedir nuevamente la corrida de toros, en la ciudad de México, principalmente en la Plaza México.

Minerva Herlinda Mendoza Cruz, titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México rechazó conceder la medida cautelar para suspender de forma inmediata la llamada “Fiesta Brava”.

La asociación civil Va por sus Derechos promovió el juicio de amparo el pasado 23 de abril, contra la omisión de impedir el espectáculo llamado “Corridas de toros” en la capital del país. Una semana después, la juzgadora les concedió la suspensión provisional para detener las corridas de toros, no obstante, el 13 de mayo, en sesión extraordinaria, los magistrados del décimo tribunal colegiado en materia administrativa revocaron el fallo de primera instancia.

Los magistrados determinaron procedente el recurso de queja que un particular promovió para impugnar el fallo de primera instancia. Los togados aprobaron por unanimidad el proyecto de la magistrada Ana María Ibarra Olguín, quien argumentó que la empresa cuenta con un permiso que fue otorgado conforme al marco legal.

En aquella ocasión, los magistrados argumentaron que ”hay un estándar elevado para conceder la suspensión conforme al artículo 131 de la Ley de Amparo, y este estándar no se cumple por la parte quejosa en el sentido de demostrar un mejor derecho hasta ahora, con base en lo que ya ha resuelto la Suprema Corte. El recurrente tiene un permiso basado en la ley, cuya constitucionalidad o no de esa normativa es una cuestión de fondo, muy interesante, pero concerniente al fondo, no propia para verse en esta instancia”.

 

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