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Sistema de justicia ve por las necesidades de víctimas e imputados: Magistrada

Leticia Rocha Licea, magistrada de la Cuarta Sala Penal del Poder Judicial de la Ciudad de México. Foto Proporcionada por el PJCDMX
Leticia Rocha Licea, magistrada de la Cuarta Sala Penal del Poder Judicial de la Ciudad de México. Foto Proporcionada por el PJCDMX
12 de mayo de 2024 11:15

Ciudad de México. La magistrada de la Cuarta Sala Penal del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), Leticia Rocha Licea, subrayó la importancia de que no solo se visualice al sistema de impartición de justicia desde el enfoque represivo y punitivo, pues desde su función de sustanciador del proceso penal, ve por las necesidades de la víctima, la sociedad y los imputados para que se logre su reinserción.

Los jueces del sistema procesal penal acusatorio, por ello, canalizan a imputados a instituciones públicas o privadas para su atención en casos de adicciones a sustancias psicoactivas, como parte de las condiciones que deben cumplir para ser beneficiarios de una salida anticipada al proceso penal, destacó.

Una salida anticipada al proceso penal es la suspensión condicional del proceso, el cual, para que proceda, prevé requisitos que deberá cumplir el imputado, y a través de la cual el juez le impone su canalización a una institución pública o privada para la atención a su problema de salud relacionado con el consumo de drogas.

Para que una persona sea sujeta a suspensión condicional del proceso, detalló, la pena prevista por el delito cometido no debe exceder el término medio aritmético de cinco años; además, debe estar ya vinculada a proceso, no debe haberse dictado auto de apertura a juicio oral, y deberá haberse realizado un plan de reparación del daño a la víctima.

“Estamos en un proceso penal donde la víctima es importante, pero sí se advierte que el imputado está con esta problemática (consumo de sustancias psicoactivas), se hace la propuesta al juez de la suspensión condicional del proceso”, dijo la magistrada.

En dicho supuesto, para que el imputado sea canalizado para la atención de su adicción debe estar de acuerdo y, en esos casos, los jueces ordenan al imputado abstenerse del consumo de sustancias psicoactivas, aunque de ser un problema de salud, resulta necesario un tratamiento específico en una institución a la que se le canalice.

La impartidora de justicia precisó que es la Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, del PJCDMX, la encargada de dar seguimiento puntual al cumplimiento de las condiciones impuestas por el juez al imputado.

Mencionó que, en caso de que incumpla, se da vista al ministerio público, el cual puede solicitar una audiencia en la que pedirá que se revoque la suspensión condicional del proceso de la que gozaba, con lo que se reinicia el proceso penal en su contra.

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