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Juicio evidencia conflictos en solicitud de pensiones ante el IMSS

Edificio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Ciudad de México. Foto Marco Peléz / Archivo
Edificio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Ciudad de México. Foto Marco Peléz / Archivo
15 de febrero de 2023 17:30

Ciudad de México. Un juicio de amparo en contra del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con el cual una persona exigió el pago de una pensión con base en un salario significativamente mayor a lo reconocido en la hoja de certificación de derechos, puso en evidencia que existen múltiples conflictos laborales similares y ante ello, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), destacó que el instituto debe “dar vista al Ministerio Público Federal ante probables conductas ilegales, como es declarar falsamente ante una autoridad judicial o jurisdiccional con el fin de obtener un beneficio indebido”.

Al resolver el amparo directo 29/2022, los integrantes de la Segunda Sala votaron a favor del proyecto presentado por el ministro Javier Laynez Potisek, de esa manera ya se estableció un criterio que será obligatorio para que los tribunales colegiados que tienen asuntos similares y el IMSS no hubiera acreditado que los solicitantes de pensión mintieron en cuanto al número de semanas cotizadas y el monto salarial que obtenían, entonces se conceda el pago a los demandantes.

En el asunto revisado, el IMSS reclamó el otorgamiento y pago de una pensión de vejez y argumentó que el demandante del amparo tenía un número de semanas y un salario promedio de cotización significativamente mayores a los reconocidos en la hoja de certificación de derechos emitida por el instituto.

En este contexto, “la junta laboral tuvo por presuntivamente ciertos los hechos aducidos por la asegurada debido a que el Instituto no exhibió en la prueba de inspección ocular las documentales en físico sobre las altas, bajas y movimientos registrados en el sistema”.

Los ministros de la Segunda Sala consideraron “que la presunción derivada de la prueba de inspección era insuficiente para desvirtuar el valor probatorio de la hoja de certificación de derechos, por las particularidades que respaldan su expedición”.

Durante el análisis del caso, se tomó en consideración que el Pleno de la Corte emitió el año pasado un acuerdo para que los tribunales que conocieran de asuntos similares no emitieran ninguna sentencia hasta que una Sala o el máximo tribunal en Pleno emitieran alguna sentencia y se fijara un criterio.

Fue así que durante la sesión de la Sala “se resaltó como hecho notorio que existen múltiples conflictos laborales similares, en los que indebidamente se acreditan a través de presunciones semejantes altos salarios y más semanas cotizadas de las que el IMSS tiene registro”.

Por lo que sus integrantes destacaron que el IMSS “debe dar vista al Ministerio Público Federal ante probables conductas ilegales, como es declarar falsamente ante una autoridad judicial o jurisdiccional con el fin de obtener un beneficio indebido”.

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