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Resuelve el TFJA que Tv Azteca debe pagar 2 mil 447 mdp al SAT

Fachada de Tv Azteca en la Ciudad de México. Foto Guillermo Sologuren / Archivo
Fachada de Tv Azteca en la Ciudad de México. Foto Guillermo Sologuren / Archivo
27 de abril de 2022 08:24

Ciudad de México. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) resolvió que Tv Azteca debe pagar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) 2 mil 447 millones 748 mil 540 pesos por concepto de impuesto sobre la renta (ISR), multas y recargos, derivado de ganancias por venta de acciones.

Tras conocerse el fallo, Grupo Salinas anunció que continuará ante instancias superiores el proceso legal respecto a la resolución. La firma recordó que hace más de una década comenzó el litigio en tribunales, a fin de no efectuar el pago; afirmó que seguirá ejerciendo su derecho a defenderse de lo que considera cobros erróneos y excesivos, mismos que parten de una estimación de base ilegal e injusta.

Grupo Salinas es propiedad de Ricardo Salinas Pliego, considerado por la revista Forbes el tercer hombre más acaudalado de México, con una fortuna de 12 mil 400 millones de dólares.

En abril de 2016, la autoridad fiscal federal emitió un crédito fiscal a cargo de la empresa por más de 2 mil 447 millones de pesos, al haber contribuciones omitidas del ISR, actualización, recargos y multas. Sin embargo, la defensa legal de Tv Azteca se amparó contra la decisión del SAT.

El fallo dado a conocer ayer no es el único que afrontan las empresas de Grupo Salinas ante tribunales en el país; frente a resoluciones adversas, en innumerables ocasiones ha anunciado la intención de recurrir a tribunales internacionales. Todos tienen en común el mismo motivo: evitar el pago de millones de pesos por conceptos de impuestos, multas y recargos al fisco.

Ayer, la primera sección de la sala superior del TFJA aprobó por unanimidad de cinco votos la ponencia del magistrado Carlos Chaurand Arzate, quien argumentó que la televisora no logró desvirtuar la sanción que le impuso la autoridad recaudadora de impuestos.

Por ende, se confirmó que no se cumplió con lo que refiere la fracción tercera del artículo 24 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ya que el accionante adicionó, para el efecto de determinar la ganancia o pérdida de la enajenación de acciones, que no fueron obtenidas por las personas morales emisoras de las acciones, estos es, Comercializadora de Publicidad Azteca SA de CV y Comercialización y Desarrollo Azteca SA de CV, sino por diversas personas jurídicas, Azteca Holdings SA de CV y Distribuidora Textil la Libertad SA de CV, y por ende aplicó indebidamente la mecánica para determinar la ganancia o pérdida por la enajenación de acciones, como refiere la fracción y artículo de mérito, señaló el magistrado.

A inicio del año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que Grupo Elektra, de Salinas Pliego, debía pagar 2 mil 636 millones de pesos al SAT por un adeudo que data de hace 15 años, a raíz de un ejercicio fiscal de 2010.

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