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SCJN otorga al Ejecutivo control de caseta Tijuana-Esenada

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó al Poder Ejecutivo Federal la suspensión en contra de la decisión del gobierno de Baja California de tomar el control de la caseta de cobro de la Autopista Escénica Tijuana-Ensenada. Foto Marco Peláez / Archivo
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó al Poder Ejecutivo Federal la suspensión en contra de la decisión del gobierno de Baja California de tomar el control de la caseta de cobro de la Autopista Escénica Tijuana-Ensenada. Foto Marco Peláez / Archivo
18 de agosto de 2020 16:42

Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó al Poder Ejecutivo Federal la suspensión en contra de la decisión del gobierno de Baja California de tomar el control de la caseta de cobro de la Autopista Escénica Tijuana-Ensenada.

El litigio comenzó en julio pasado, cuando el mandatario estatal, Jaime Bonilla Valdez, acudió personalmente a levantar la pluma de la caseta para permitir el paso libre a los vehículos que pasan por esta vía, argumentando que había emitido un decreto con este objetivo

En respuesta, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que interpondrían una controversia constitucional, que fue recibida en la SCJN con el registro 106/2020, denunciando que el gobierno de Baja California invadía las facultades del gobierno federal.

Esta controversia fue admitida a trámite por un ministro de la Corte, quien además ordenó suspender la aplicación del decreto expedido por Bonilla, según señala el acuerdo publicado por la SCJN: “La expedición por parte del Gobernador del Estado de Baja California del Decreto del Ejecutivo Cancelación de la Caseta de Playas de Tijuana, correspondiente a la Autopista Escénica Tijuana-Ensenada, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día martes 7 de julio de 2020, en su totalidad, así como los efectos y consecuencias jurídicas que deriven de su aplicación.”

Aunque el 30 de julio Bonilla Valdez anunció que emitiría un nuevo decreto revocando al anterior, la controversia debe seguir su procedimiento, pues una vez admitida a trámite, la SCJN estimó que más allá del hecho denunciado, el caso implica temas de constitucionalidad que los ministros deben analizar y resolver.

 

 

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