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Comunidades indígenas piden a SCJN reconsidere amparo de Ley Minera

En marzo del 2015, con asesoría del Cemda, el pueblo maseual presentó demanda de
amparo alegando la inconstitucionalidad de la Ley Minera. Foto La Jornada / archivo
En marzo del 2015, con asesoría del Cemda, el pueblo maseual presentó demanda de amparo alegando la inconstitucionalidad de la Ley Minera. Foto La Jornada / archivo
14 de mayo de 2020 22:53

Ante la decisión del Ministro Javier Laynez Potisek de retirar su proyecto de sentencia sobre el amparo en revisión 928/2019, relativo a la Ley Minera y los derechos de pueblos y comunidades indígenas, que sería votado el miércoles pasado, representantes de comunidades indígenas confiaron en que se reconsidere y garantice los derechos del pueblo maseual, además de declararse inconstitucional esa legislación.

El proyecto previsto para ser votado el miércoles por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y al retirarse fue una señal positiva de apertura para escuchar al Pueblo Maseual, indicaron en un comunicado el Consejo Maseual Altepetajpianij, el Consejo Tiyat Tlali, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, el Comité de Ordenamiento Territorial Integral de Cuetzalan y Environmental Defender Law Center.

Explicaron que el litigio emprendido por el Pueblo Maseual buscó sumar esfuerzos a la lucha de los pueblos indígenas para poner fin a la violencia estructural, a la violencia de Estado y pidieron que la decisión de la Segunda Sala sea un precedente que sirva para otros casos de pueblos y comunidades indígenas, que han decidido acudir a tribunales a reclamar sus derechos que les han sido violados ante la imposición de proyectos mineros en sus territorios.

Recordaron que, en marzo del 2015, con asesoría del Cemda, el pueblo maseual presentó demanda de amparo alegando la inconstitucionalidad de la Ley Minera, así como la violación de sus derechos a la autodeterminación y al control de los recursos naturales por la expedición de las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, ubicadas en los municipios poblanos de Tlatlauquitepec, Yaonáhuac y Cuetzalan del Progreso, en especial por la falta de consulta previa, libre e informada tanto en la expedición de la Ley como en el otorgamiento de las concesiones.

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