Ciudad de México. El gobierno federal arrancó formalmente el programa de agroexportaciones sin deforestación que tendrá como protagonista al aguacate.
Este proyecto se enfocará en la cadena productiva del aguacate, desde la siembra y manejo del cultivo hasta el corte, empaque y exportación, bajo condiciones laborales dignas y con cumplimiento de normas fitosanitarias.
México es el principal productor de este fruto con casi 3 millones de toneladas anuales y exporta principalmente a países como Estados Unidos, Canadá, Japón y España. De acuerdo con el Departamento de Agricultura estadunidense, se estima que las ventas del aguacate mexicano alcanzarán los 4 mil millones de dólares al cierre de 2025.
Al programa federal se incorporarán de manera progresiva otros productos y se espera que el próximo sea las berries, otro de los frutos que tienen mayor demanda en el extranjero.
Será instrumentado por las secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), del Trabajo y Previsión Social (STPS), de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), y el Instituto Mexicano del Seguro Social.
La producción de aguacate enfrenta retos como la deforestación y la informalidad laboral. De acuerdo con la Semarnat, entre 2018 y 2024 se identificaron alrededor de 20 mil hectáreas deforestadas para establecer huertas de aguacate, algunas de ellas mediante incendios provocados. Además, es un cultivo con una alta demanda hídrica y su expansión descontrolada afecta gravemente los ecosistemas.
El acuerdo del Diario Oficial de la Federación, vigente desde ayer, establecen las acciones para garantizar que los productos y subproductos agrícolas de exportación del aguacate se lleven a cabo en terrenos libres de deforestación, se cumpla con los requisitos fitosanitarios, y que los trabajadores laboren en condiciones dignas, excluyendo totalmente el trabajo infantil.
De esta manera, los jornaleros agrícolas podrán tener acceso a los seguros del IMSS.
Además, indica que debe instalarse una Comisión Técnica que integrarán los titulares de las Secretarías antes mencionadas y quienes podrán designar a un suplente para que participe en las sesiones en su ausencia.
Esta instancia tendrá que ser instalada en los próximos 30 días hábiles, y sesionará de forma ordinaria, cuando menos cuatro veces al año.
En el documento se menciona que en los 60 días siguientes las dependencias y el IMSS emitirán disposiciones de carácter administrativo para establecer la mecánica operativa y procedimientos conforme a sus atribuciones, con el objeto que aquellas que correspondan, inicien su aplicación a partir del 1° de abril de 2026.