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Ajuste al 3° transitorio no significa retroactividad; quedan salvaguardadas demandas colectivas: CSP

15 de octubre de 2025 10:19

Ciudad de México. La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo aseguró que no hay retroactividad en el ajuste al artículo 3° transitorio de la Ley de Amparo, y quedan salvaguardadas las demandas colectivas, tras la aprobación en la Cámara de Diputados. 

“Prácticamente es la misma propuesta que presentó el ministro (en retiro Arturo) Zaldívar (coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia de la República… La Corte tiene jurisprudencia en qué tema de procedimientos se aplican nuevas leyes y en qué temas no, y eso es lo que quedó en el transitorio”, aún cuando hayan sido casos que “ya se levantaron hace tiempo”, sostuvo la mandataria. 

Indicó que todavía ayer la Cámara de Diputados realizó algunas modificaciones en cuanto a suspensión, permisos y concesiones. “Fue modificado para que quedara como está actualmente; es decir, que sí puede haber suspensión provisional”. 

Dijo que para esa modificación “estuvieron en contacto con la Consejería Jurídica, por lo que me informaron hoy, y garantiza el derecho de amparo en estos casos. Creo que es importante y pasaría a la Cámara de Senadores para su aprobación”. 

-¿Este cambio no significa una retroactividad parcial? 

-No, en el transitorio queda redactado lo que es la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 

También dijo no saber a qué se refiere la diputada Olga Sánchez Cordero, ministra en retiro, de que podrían resultar afectadas las demandas colectivas, porque éstas quedan salvaguardadas. “Durante un tiempo solamente permitía demandas individuales, y tiene un tiempo que se permiten demandas colectivas y eso queda totalmente salvaguardado”.

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