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Publican en DOF restructura interna de la SEP con nuevas unidades administrativas

Alumnos de secundaria durante la aplicación de un examen en imagen de archivo. Foto
Alumnos de secundaria durante la aplicación de un examen en imagen de archivo. Foto Cuartoscuro
03 de octubre de 2025 17:26

Ciudad de México. La Presidencia de la República publicó hoy un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública (SEP), entre ellas crea las unidades de Asuntos Jurídicos y Regulación; de la Nueva Escuela Mexicana; la Dirección General de Desarrollo Curricular y Política de Educación Inicial, y de Cooperación Educativa con los Sectores Social y Privado, entre otras medidas.

Entre las modificaciones se incluye la desaparición de algunas unidades administrativas, entre ellas las direcciones generales de Gestión Sectorial y Enlace Interinstitucional; de Desarrollo Humano Integral; y de Educación Musical y Orquestas Escolares.

Las medidas, que entrarán en vigor este sábado, señalan que los asuntos en trámite que son atendidos por las unidades administrativas de la dependencia que se readscriben, desaparecen, modifican su estructura o atribuciones en virtud de la entrada en vigor del presente decreto, "serán atendidos y resueltos, de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de su presentación, por la unidad administrativa de dicha dependencia que cuenta con la competencia conforme a este ordenamiento".

Además, agrega, los asuntos en trámite que son atendidos por las unidades subalternas -coordinaciones sectoriales y coordinaciones técnicas- de la SEP que cambian de denominación o de unidad administrativa a la que auxilian, serán atendidos y resueltos, de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de su presentación, por aquellas que cuentan con la competencia como lo establece el actual decreto.

El gobierno federal también establece que las modificaciones a la estructura de la SEP se deben realizar mediante movimientos compensados en términos de las disposiciones aplicables, por lo que no se autorizarán ampliaciones de recursos en el presente ejercicio fiscal ni subsecuentes y no se podrá incrementar su presupuesto regularizable de servicios personales para dar cumplimiento a los citados cambios.

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