Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó un exhorto a los gobiernos municipales y estatales de Michoacán, Guerrero y Durango, para establecer un "método" con el cual se establezcan los precios por la obtención de copias de documentos de carácter público, ya que hay montos diferencias que van de los 20 a más de 400 pesos por página.
Ello con la finalidad de que sus leyes de ingresos no sean motivo, anualmente, de acciones de inconstitucionalidad, y de esa manera estableció que todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública digitalizada, sin que su capacidad económica sea un obstáculo.
En sesión de Pleno, los ministros votaron por declarar inconstitucionales artículos de leyes de ingresos de 21 municipios de Michoacán, Durango y Guerrero que permitían el cobro por entregar información en medios digitales, al considerar que se violaba el principio de gratuidad previsto en el artículo 6, apartado A de la Constitución Política Federal.
Uno de los argumentos esgrimidos durante la sesión fue que las tarifas se establecen de manera desproporcionada, con tarifas que iban desde los 22 hasta los 565 pesos por hoja digitalizada, lo que no reflejaba el costo real del servicio y vulneraba el principio de proporcionalidad tributaria.
Asimismo, en la acción de inconstitucionalidad 5/2025, relacionada con la Ley de Ingresos del Municipio de Jacona, Michoacán, se determinó que es inconstitucional cobrar más a los estudiantes -15 pesos por hoja, frente a 4 pesos para el público en general-, al considerar que es desproporcionado y vulnera los derechos estudiantiles, especialmente frente a la libertad académica.