París. El histórico pronunciamiento sobre el clima emitido esta semana por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) endureció los criterios sobre energías fósiles, al declarar que los países tienen la obligación de responder a la “amenaza urgente y existencial” que supone el cambio climático.
La decisión de la más alta instancia judicial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) podría aumentar el riesgo jurídico de las actividades del sector petrolero y gasístico, empezando por la expansión de las perforaciones, dijeron expertos.
La Corte defendió en su opinión consultiva del miércoles una posición muy firme sobre las energías fósiles, que sorprendió incluso a los observadores más curtidos en derecho medioambiental.
El Tribunal de La Haya también consideró que “el hecho de que un Estado no adopte las medidas adecuadas” para proteger el clima de los efectos nocivos de los gases de efecto invernadero, “en particular mediante la producción o el uso de combustibles fósiles o la concesión de permisos de exploración o subsidios para los combustibles fósiles, puede constituir un acto internacionalmente ilícito atribuible a ese Estado”.
“Son conclusiones realmente revolucionarias”, señala Sophie Marjanac, jurista experta del Polluter Pays project, un grupo ambientalista.
Las opiniones consultivas de la CIJ no son vinculantes, pero establecen una interpretación jurídica sólida para guiar futuras acciones o jurisprudencia en todo el mundo, en este caso en términos de justicia climática.
Minas de carbón
Para Jorge Viñuales, jurista argentina que contribuyó a llevar el caso ante la CIJ, las conclusiones sobre los combustibles fósiles probablemente serán citadas en tribunales nacionales e internacionales, donde las demandas contra productores de petróleo y gas van en aumento.
“Si eso ocurre, podría tener efectos considerables”, afirma a la AFP este profesor de Derecho en Cambridge. Las empresas del sector y los países productores pueden optar por ignorar a la CIJ, “pero eso implica riesgos jurídicos y contenciosos”, agrega.
El dictamen podría citarse, por ejemplo, para oponerse a la expansión de una mina de carbón, en disputas entre un inversor y un Estado que le retira un permiso, o en una negociación contractual con un banco del sector de los combustibles fósiles, enumera Marjanac. “La influencia es realmente ilimitada”, añade.
Especialmente en los países donde el derecho internacional puede integrarse en el marco jurídico nacional sin necesidad de transposición, aunque sea a veces con condiciones.
En estos países, como Francia, Argentina o Países Bajos, es posible que los jueces pronto tengan que tener en cuenta la opinión de la CIJ en casos contra empresas petroleras.
Incluso en los Estados denominados “dualistas”, donde es más complicado incorporar el derecho internacional, los tribunales constitucionales y otras jurisdicciones han seguido a menudo algunos argumentos de las opiniones de la CIJ.
En este caso, el último dictamen “abre la vía a impugnaciones de los permisos concedidos a nuevos proyectos de combustibles fósiles”, afirma Marjanac.
Expectativas superadas
La corte “superó las expectativas” al destacar la responsabilidad de los gobiernos en la contaminación causada por las empresas petroleras y gasísticas que operan bajo su jurisdicción, opina Joy Reyes, de la London School of Economics. En este sentido, “desafía tanto al Estado como al sector privado”.
“Los países tendrán que ser más cautelosos a la hora de conceder permisos y adoptar políticas generales sobre energías fósiles”, explica esta especialista de los litigios climáticos.
La opinión también podría permitir a los pequeños países solicitar indemnizaciones a los grandes contaminadores ante los tribunales internacionales, afirma Marjanac.
En cuanto a los países amenazados por las compañías petroleras por haber cambiado sus políticas climáticas en su contra, ahora cuentan con un nuevo apoyo para respaldar su defensa.
En 2022, un tribunal condenó a Italia a pagar 200 millones de euros a la petrolera británica Rockhopper por denegarle un permiso de perforación.