Ciudad de México. Abraham Oseguera Cervantes, Don Rodo, impugnó el fallo de un juez federal que anuló el juicio de amparo contra la orden de aprehensión, incomunicación y expulsión del territorio nacional. El caso se turnó a un tribunal colegiado en materia penal quien revolverá si confirma, modifica o revoca la sentencia de primera instancia
El hermano de Nemesio Oseguera Cervantes, El Mencho, líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), fue recapturado a finales de abril pasado. Le aseguraron armamento, dinero en efectivo y dosis de droga. Las autoridades lo consideran responsable de lavar el dinero de su hermano mediante la compra de ranchos, terrenos y propiedades.
En marzo, la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO) obtuvo la vinculación a proceso en contra de Don Rodo. El juez Mario Elizondo Martínez, determinó que debe ser juzgado por delitos contra la salud, portación de arma de fuego y posesión de cartuchos, ambos de uso exclusivo del Ejército.
Abraham Oseguera promovió el amparo contra actos reclamados mencionados ante el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en Ciudad de México. Sin embargo el impartidor de justicia sobreseyó el juicio. Al respecto, el quejoso interpuso un recurso de revisión.
De acuerdo con el expediente, Don Rodo interpuso la demanda de garantías en contra de la Fiscalía General de la República (FGR), entre otras autoridades, pero el togado notificó que al rendir sus respectivos informes justificados, negaron los actos reclamados, sin que la parte quejosa aportara prueba alguna que desvirtuara lo manifestado. “Por tanto, de conformidad con el artículo 63, fracción IV, de la Ley de Amparo, se sobresee en el juicio toda vez que los actos no están probados”, indica el resolutivo del Juan Mateo Brieba De Castro, juez Sexto de Distrito en Materia Penal.
Abraham fue detenido por primera vez en abril de 2024 por la Guardia Nacional en Autlán, Jalisco, pero días después un juez federal lo dejó en libertad al considerar que el Ministerio Público Federal no aportó pruebas suficientes para procesarlo por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.