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Flexibiliza INE reglas para "diálogos" y "encuentros" en campaña judicial

En términos operativos no se puede dar alimentos a los asistentes ni aplicar alguna vía que afecte la equidad, como la entrega de bienes o servicios.
En términos operativos no se puede dar alimentos a los asistentes ni aplicar alguna vía que afecte la equidad, como la entrega de bienes o servicios. Foto: Cuartoscuro
17 de mayo de 2025 18:39

Ciudad de México. Por orden del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el consejo general del INE aprobó reglas flexibles para la realización de actos clasificados como “mesas de diálogo” y “encuentros” en el periodo de campaña de la elección judicial, la cual concluye el 28 de mayo.

Igualmente estableció – a pregunta expresa de un candidato- que en los actos deben aplicarse los protocolos de igualdad e inclusión, es decir, no pueden llevarse a cabo con sesgos o exclusiones y, a nivel general, se reiteró que tampoco está permitido usar recursos públicos o privados, aún cuando sean donaciones.

Como se ha difundido, mientras que en los “foros de debate” la regla es invitar a todos los candidatos de una misma contienda y garantizar la asistencia de al menos la mitad de ellos, ahora - por mandato del TEPJF- se colocó la palabra “preferentemente”, por lo que se abre la puerta para que en las “mesas y encuentros” participen aspirantes de distintas contiendas.

Incluso en caso de que la elección sea de muchas personas (para integrar la Suprema Corte de Justicia de la Nación hay 64 candidaturas a ministro), los encuentros pueden ser escalonados.

El consejo general cumplió así con la “flexibilidad” ordenada por el bloque mayoritario del TEPJF, aunque preservó la regla de los foros relacionada a que es obligatorio dar a todos los participantes el mismo espacio y tiempo de exposición.

Asimismo, todos los involucrados – desde los organizadores, moderadores y hasta los medios de comunicación- deberán cuidar la equidad y no privilegiar a una candidatura en específico.

En términos operativos no se puede dar alimentos a los asistentes ni aplicar alguna vía que afecte la equidad, como la entrega de bienes o servicios.

Persiste la regla de no utilizar lonas o pantallas móviles en las que se difunda la imagen o nombre de las personas candidatas en lo individual e incluso no se permite en ningún esquema colocar accesorios como flores o alimentos.

En términos generales, derivado de la reforma judicial, el INE ha establecido reglas y restricciones diversas para la campaña; por mencionar una: las personas candidatas sólo pueden participar en eventos organizados por los sectores público, privado o social, siempre que sean equitativos, y no pueden ir al mismo sitio dos veces.

Si bien no hay una lista de grupos, sí se permite asistir a los foros, mesas y encuentros a universidades, sindicatos, organizaciones de abogados, contadores, asociaciones civiles en defensa de derechos de las mujeres, entre otros, siempre que se conduzcan dentro de ciertos parámetros, lo mismo que los candidatos.

En cuanto a las prohibiciones específicas, no pueden organizarse este tipo de encuentros en dependencias públicas responsables de la ejecución de programas sociales que impliquen beneficios directos a la población, mientras que les está vetado ser moderadores a los servidores públicos de este ámbito o a los “servidores de la nación” .

La promoción de los actos debe ser neutral, sin que se resalte el nombre o imagen de alguna candidatura.

Durante la sesión, la consejera Carla Humprhey, presidenta de la Comisión de Fiscalización, dijo que el cumplimiento a la sentencia del TEPJF no tiene impactos en el esquema de vigilancia de ingresos y gastos de campaña.

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