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Emite CNDH recomendación al INM por solicitantes de refugio deportadas

La mujer colombiana se encontraba en la estación del INM ubicado en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, cuando expresó su deseo de solicitar refugio, petición que pasó desapercibida. Foto Alfredo Domínguez / Archivo
La mujer colombiana se encontraba en la estación del INM ubicado en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, cuando expresó su deseo de solicitar refugio, petición que pasó desapercibida. Foto Alfredo Domínguez / Archivo
28 de abril de 2023 13:31

Ciudad de México. Una mujer de nacionalidad colombiana y su hija de cuatro años de edad fueron deportadas por el Instituto Nacional de Migración (INM) en febrero de este año, a pesar de haber solicitado el reconocimiento de la condición de refugiadas en la Ciudad de México, al sufrir en su país amenazas de muerte por una organización delictiva, acreditó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Ante ello, solicitó al INM entablar contacto con la víctima para confirmar su pretensión de solicitar la condición de refugiada para ella y su hija y, de ser el caso, efectuar las gestiones necesarias para facilitar su ingreso al país; que repare de manera integral el daño causado y se les proporcione la atención psicológica que requieran.

En la Recomendación 42/2023, dirigida al instituto, la CNDH expuso que el 1 de febrero de 2023, un visitador adjunto de esta comisión efectuó una visita a las instalaciones del INM, ubicadas en la Terminal 2 del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) y en el área de rechazos entrevistó a la mujer colombiana que viajaba en compañía de su hija y quien le manifestó su deseo de solicitar refugio.

Así, el visitador adjunto comunicó al personal de Migración la solicitud de la víctima; sin embargo, durante la madrugada del 2 de febrero de este año, una persona adscrita al INM la obligó a abordar un avión con destino a su país.

Según la investigación, una vez en Colombia las víctimas tuvieron que buscar alojamiento en otra ciudad dado que, al regresar a su domicilio, encontraron pegadas en la puerta nuevas amenazas de muerte, “por lo que tuvieron que resguardarse y permanecer escondidas ante el temor de ser atacadas”.

En este caso, la CNDH contó con elementos para acreditar la vulneración de los derechos humanos a la seguridad jurídica y a los principios de no devolución e interés superior de la niñez, por parte de personal del INM que, ante la condición de vulnerabilidad de las víctimas, tenía la obligación de proporcionarles asistencia jurídica e información sobre la posibilidad de solicitar el reconocimiento de la condición de refugiadas, conforme lo establece la Ley de Migración.

En la recomendación, la Comisión Nacional igualmente pidió al instituto instruir al personal adscrito a la citada terminal aérea que cuando reciban información de algún visitador de la CNDH respecto a solicitudes para tramitar la condición de refugiado o directamente de las personas migrantes, tomen las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de ese derecho, priorizando y atendiendo la situación de vulnerabilidad de niñas, niños y adolescentes.

Asimismo, se solicitó que el INM capacite a las personas servidoras públicas que trabajan en la Terminal 2 del AICM sobre el respeto a los derechos de seguridad jurídica, de solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado, sobre el principio de no devolución y el interés superior de la niñez.

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