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CNDH pide a Issste modificar ley que limita entrega de pensiones

La recomendación surgió por la restricción a una persona a la pensión por viudez, por encontrarse desempeñando un trabajo remunerado incorporado al régimen del Issste, “lo cual constituye vulneración a los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, así como a la seguridad social”. Foto Alfredo Valadez / Archivo
La recomendación surgió por la restricción a una persona a la pensión por viudez, por encontrarse desempeñando un trabajo remunerado incorporado al régimen del Issste, “lo cual constituye vulneración a los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, así como a la seguridad social”. Foto Alfredo Valadez / Archivo
22 de diciembre de 2022 13:45

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidió al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) modificar su ley y normas reglamentarias a fin de eliminar “limitaciones inconstitucionales” en la entrega de pensiones. Indicó que actualmente se prevén un universo demasiado amplio de los requisitos que deben observar familiares derechohabientes para el acceso a todas las prestaciones.

La solicitud fue hecha a través de la Recomendación 229/2022, que dirigió al director general del instituto, Pedro Zenteno, por la restricción a una persona del acceso a una pensión por viudez, por encontrarse desempeñando un trabajo remunerado incorporado al régimen del Issste, “lo cual constituye vulneración a los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, así como a la seguridad social”.

La CNDH tuvo conocimiento de que se emitió tal determinación con base en el artículo 12, fracción II, inciso C, del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores Sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio del Decreto (ROPDT). Sin embargo, subrayó que dicho precepto ha sido calificado en diferentes momentos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como inconstitucional.

Manifestó que coincide con los argumentos del máximo tribunal, ya que se prevé un universo demasiado amplio de los requisitos que deben observar los familiares derechohabientes para el acceso a todas las prestaciones. Además, no se observa que el Issste haya procedido a iniciar las acciones que lleven a armonizar su normatividad y políticas internas acorde a los preceptos constitucionales y los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

Con base en lo anterior, la CNDH pidió al instituto que se realicen de inmediato y con prioridad las acciones necesarias y conducentes para tramitar y resolver la solicitud de pensión por viudez de la víctima, y que se cubran las cantidades correspondientes al pago desde el día en que se le aplicó la supuesta incompatibilidad.

De igual forma, solicitó que proponga a la autoridad competente, el anteproyecto de modificación a las disposiciones a la Ley del instituto, el ROPDT y demás normas reglamentarias que así lo ameriten, a fin de que se eliminen en el marco de incompatibilidad de las pensiones las hipótesis que resulten sobreinclusivas en agravio de las personas, al establecer alguna limitación constitucionalmente inválida que restrinja su derecho humano a la seguridad social.

Asimismo, que colabore ampliamente con el Órgano Interno de Control en el Issste en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que esta Comisión Nacional presente en contra de la persona servidora pública que intervino en los hechos.

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