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Dirige CNDH recomendación a gobernador de SLP

Sede de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en la Ciudad de México. Foto Guillermo Sologuren / Archivo
Sede de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en la Ciudad de México. Foto Guillermo Sologuren / Archivo
28 de junio de 2021 16:29

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 29/2021, al gobernador de San Luis Potosí, Juan Manuel Carreras López, y a la presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de la entidad, Giovanna Itzel Argüelles Moreno, por violaciones a los derechos humanos a la integridad personal, legalidad y seguridad jurídica, así como por falta de debida diligencia y omisiones, en agravio de una mujer víctima de violencia institucional y de género.

En un comunicado, el organismo público recibió un recurso de queja de la víctima, donde documentó que a pesar de ser reconocida como víctima de violaciones a derechos humanos, con motivo de la emisión de Recomendaciones por parte de la CEDH y la Comisión Nacional, no ha recibido una reparación íntegra de sus derechos humanos, ni se le han otorgado medidas de ayuda y asistencia inmediata la Comisión Estatal Ejecutiva de Atención a Víctimas de San Luis Potosí (Ceeav-SLP); por el contrario, consideró que como represalia por las acciones legales emprendidas para exigir sus derechos, recibió trato discriminatorio, negligente e inadecuado de servidoras públicas de la comisión estatal.

La CNDH acreditó que, durante seis años, la víctima no ha recibido las medidas de asistencia, como atención psicológica por la Ceeav-SLP y que sigue sin repararse el daño provocado por la vulneración a sus derechos humanos, situación que provocó nuevas afectaciones a su salud, entre ellas alopecia y descontrol en sus niveles de glucosa.

Además, no se le han provisto medicamentos, gastos de alimentación y traslado; tampoco se realizó un estudio especializado que permitiera recabar la caracterización socioeconómica de la víctima para realizar una valoración adecuada de sus condiciones y necesidades específicas desde su ingreso al Registro Estatal de Víctimas.

De igual forma, no se acreditó si dicho organismo estatal ofreció a la víctima asesoría jurídica, contemplada no solo como la representación legal en los distintos procedimientos, sino como ayuda, orientación y seguimiento respecto de las medidas de protección, ayuda, asistencia y atención necesarias para garantizar su integridad física y psíquica.

“En el actuar de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la CNDH advirtió pasividad y falta de consideración por parte de tres servidores públicos respecto de las necesidades, condiciones y situación específica de la víctima para implementar medidas a su favor que le permitieran acceder a la reparación integral del daño y careció de seguimiento para el otorgamiento de las medidas de ayuda, asistencia y atención por parte de la Ceeav-SLP”.

“Además, se tuvo por acreditado que el entonces presidente la CEDH informó del incumplimiento de la Recomendación 3/2017, tres años y cuatro meses después de la primera solicitud realizada por la víctima, ante su insistencia y perseverancia, sin pronunciarse respecto de una actitud reiterada de incumplimiento a las Recomendaciones por parte de la autoridad recomendada, y omitió precisar al Congreso local que debido a esa situación la víctima no ha sido reparada de manera integral por las violaciones a sus derechos humanos padecidas”.

Por ello, la CNDH dirigió seis puntos recomendatorios al gobierno San Luis Potosí y cinco más a la CEDH, entre los cuales destaca que se proporcione de manera inmediata las medidas de ayuda, asistencia y atención inmediata a la víctima; se solicite la colaboración con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para la reparación integral del daño; se inicien los procedimientos de investigación en materia de responsabilidades a las personas servidoras públicas responsables; se incorpore una copia de la Recomendación en sus expedientes laborales y personales, y se adopten las medidas administrativas necesarias.

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