Ciudad de México. El Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) del Poder Judicial de la Federación publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo que determina la periodicidad y tipo de sesiones del Pleno y Comisiones, incluyendo tipos de reuniones (ordinarias, extraordinarias y solemnes) así como la aprobación de actas y votaciones.
Señala que las disposiciones de este ordenamiento son de observancia general en el Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación, correspondiendo a su Presidencia, Magistraturas, y personas titulares de órganos auxiliares y áreas administrativas, velar por su debido cumplimiento y tiene por objeto definir el número y los periodos de sesiones tanto del Pleno como de sus Comisiones, así como la periodicidad con la que se celebrarán y las condiciones en las que se desarrollarán.
Indica que el TDJ tendrá cada año dos períodos de sesiones: el primero comenzará el primer día hábil del mes de enero y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de julio, y el segundo comenzará el primer día hábil del mes de agosto y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de diciembre. En todo caso, el informe a que alude la fracción XIII del artículo 154 de la Ley Orgánica del PJF deberá rendirse por la persona que ejerza la Presidencia del Tribunal a más tardar en esta última fecha.
Detalla, entre otras cosas, que los asuntos de competencia del Pleno del Tribunal serán resueltos por unanimidad, mayoría calificada de cuatro votos o mayoría de votos, en los términos que señala la Ley Orgánica.
En caso de que el titular de la Presidencia se ausente durante el desarrollo de una sesión, la presidirá la Magistratura que haya obtenido el mayor número de votos en la elección respectiva que en ese momento integre el Pleno.
En caso de ausencia de la Magistratura ponente, cualquier otra Magistratura que se encuentre de acuerdo con el sentido del proyecto de resolución presentado, podrá hacerlo suyo y realizará el engrose respectivo. En cualquiera de los anteriores supuestos, deberán justificarse los motivos de la ausencia.
En un segundo acuerdo, el TDJ aprueba la Estructura Orgánica del Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas, el cual esta encargado de indagar faltas administrativas graves.
Su estructura se conforma por el titular del Órgano de Investigación de responsabilidades administrativas, la dirección general de investigación, dirección general de dictamen y área de revisión de acuerdos.