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Conoce el nuevo Reglamento de Tránsito del Edomex, así como los tipos de multas

El nuevo reglamento ya no considera infracciones fijas por infringir alguna de las disposiciones de esta normatividad, sino las multas serán graduales y dependerán de la reincidencia y el cumplimiento de pago de las mismas, de tal forma que primero te impondrán la multa mínima, luego la media y finalmente la más alta.
El nuevo reglamento ya no considera infracciones fijas por infringir alguna de las disposiciones de esta normatividad, sino las multas serán graduales y dependerán de la reincidencia y el cumplimiento de pago de las mismas, de tal forma que primero te impondrán la multa mínima, luego la media y finalmente la más alta. Foto: @SEMOV_Edomex
25 de noviembre de 2025 10:07

Toluca, Mex. Este martes entraron en vigor las reformas al Reglamento de Tránsito del Estado de México que promovió la gobernadora, Delfina Gómez, con el objetivo de mejorar la movilidad en la entidad y garantizar la seguridad a peatones, ciclistas y conductores.

El nuevo reglamento ya no considera infracciones fijas por infringir alguna de las disposiciones de esta normatividad, sino las multas serán graduales y dependerán de la reincidencia y el cumplimiento de pago de las mismas, de tal forma que primero te impondrán la multa mínima, luego la media y finalmente la más alta.

Las únicas facultadas para imponer las multas serán las agentes de tránsito mujeres que estarán debidamente identificadas y contarán con un dispositivo electrónico para la emisión inmediata de la infracción y ellas podrán hacer el cobro de la misma.

Cabe señalar que el pago inmediato de la multa te da la posibilidad de acceder a un descuento de hasta el 50 por ciento y en caso de que la infracción haya sido impuesta a través de las denominadas fotomultas, este descuento estará vigente 15 días después de que se reciba la notificación de la infracción en el domicilio que tenga dado de alta el vehículo que violó la disposición del Reglamento de Tránsito.

Cuando un vehículo tenga placas que no sean del estado de México y no se pueda pagar la sanción al momento, las agentes de tránsito están facultadas para retener la tarjeta de circulación, licencia del conductor o la placa, como una medida que garantice el pago. Dichos documentos podrán ser recuperados en los Servicios Administrativos más cercanos a donde se haga la retención.

Con las reformas al Reglamento de Tránsito, ahora se sancionará con arresto de 12 a 36 horas inconmutables a quien conduzca en estado de ebriedad o bajo los influjos de algún estupefaciente, además de que el vehículo será retenido.

También queda prohibido utilizar objetos que representen un distractor para la conducción segura por lo que se infraccionará a quien use el teléfono celular o porte alguna pantalla o sistemas de entretenimiento en la parte delantera del vehículo. También ya es obligatorio contar con póliza de seguro de responsabilidad civil vigente para circular en la vía pública.

Con el nuevo reglamento, los motociclistas están obligados a cumplir una serie de lineamientos, pues de entrada deberán de contar con licencia para conducir motos, pues las licencias de conducir tipo A y B y los permisos provisionales de práctica, no serán válidos para conducir estos aparatos. También se establece que las motocicletas únicamente podrán ser conducidos por personas mayores de edad y que porten licencia de motociclista vigente, ya sea en formato físico o digital.

Para la obtención de la licencia de conducir para motociclista, se requiere acreditar un examen teórico y práctico realizado por la Secretaría de Movilidad.

Además deberán abstenerse de transportar niñas, niños o adolescentes, que no puedan sujetarse por sí mismos a la motocicleta, sentarse correctamente o apoyar firmemente los pies en los posapiés y tanto el conductor de la moto como el acompañante deberán portar como mínimo el casco certificado que cumpla con las especificaciones de seguridad.

El nuevo Reglamento de Tránsito también prevé sancionar a aquellos conductores de automotores que generen ruidos excesivos o usen irracionalmente las bocinas o los escapes.

Las multas por estacionarse en camellones o por obstruir aceras, así como por invadir el carril confinado del transporte o conducir en sentido contrario van de los 16 UMAS, la mínima; 18 UMAS la media y 20 UMAS la máxima, es decir, de mil 810 pesos,  2 mil 36 pesos y 2 mil 262 pesos respectivamente.

Las mismas sanciones se aplicarán para aquellos que participen en arrancones en la vía pública, los que conduzcan sin licencia, los que obstruyan rampas o cruceros peatonales, circulen sin placas o tarjeta de circulación y quien sea sorprendido usando el celular mientras maneja.

Para quien conduzca motocicleta sin casco, las multas van de los 3 a los 5 UMAS, es decir de los 340 pesos a los a los 565 pesos.

También se prevén sanciones más elevadas a los conductores que insulten denigren o golpeen a las agentes de tránsito y los de vialidad con multas que van de los 3 mil 400 a los 4 mil 550 pesos y para los transportistas a quienes se les podrá sancionar con multas que van de los 5 mil 700 pesos a los 11 mil 314 pesos si suben o bajan pasaje en lugares no autorizados.

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