Ciudad de México. La Dirección General de Licitaciones de Espectro de la nueva Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) será la encargada de llevar a cabo los procesos de licitación pública de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico y recursos orbitales.
Además coordinará y administrará las diversas fases y procesos requeridos y llevará el registro de interesados en participar en las licitaciones. Lo anterior, de acuerdo con el artículo 45 de la Sección 5 del Reglamento Interior de la CRT, publicado este martes por la Presidencia de la República en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El reglamento establece que esa dirección será la encargada de elaborar las bases de licitación pública de concesiones para el uso, aprovechamiento o explotación del espectro radioeléctrico, así como para la ocupación y explotación de recursos orbitales para uso comercial, previa opinión de las Direcciones Generales de la CRT y autoridades competentes en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
La Dirección también estará encargada de someter a la aprobación del pleno de la CRT la emisión de las convocatorias para las licitaciones así como para la ocupación y explotación de recursos orbitales para uso comercial.
El Decreto por el que la Presidencia expidió el Reglamento Interior de la CRE, establece que junto con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), la Dirección General de Licitaciones de Espectro elaborará las disposiciones donde se establezcan los supuestos y procedimientos mediante los cuales los concesionarios podrán acceder a descuentos sobre el pago de las contribuciones por el uso, goce, aprovechamiento o explotación del espectro radioeléctrico, a cambio de obligaciones de cobertura en zonas geográficas, carreteras o caminos.
A su vez, la Dirección deberá incorporar los criterios que aseguren la competencia efectiva en la prestación de los servicios y los que prevengan fenómenos de concentración que contraríen el interés público al llevar a cabo los procesos de licitación pública para el uso, aprovechamiento o explotación del espectro radioeléctrico, y para la ocupación y explotación de recursos orbitales.
Lo anterior, previa opinión de la Comisión Nacional Antimonopolio, así como las condiciones para la participación de los agentes económicos preponderantes.
El reglamento establece las facultades y obligaciones de las personas comisionadas, de la secretaría técnica y la ejecutiva, así como de sus distintas direcciones.
Además, mediante el reglamento se crea la Dirección General de Supervisión del Cumplimiento de la CRT que supervisará que los concesionarios, autorizados, registratarios y demás sujetos regulados cumplan con las obligaciones y condiciones establecidas en la Ley.