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Yasmín Esquivel retira proyecto que beneficiaba a Totalplay en litigio contra Hacienda

La ministra Yasmín Esquivel, durante una sesión en la Corte.
La ministra Yasmín Esquivel, durante una sesión en la Corte. Foto Cuartoscuro / archivo
16 de octubre de 2025 13:34

Ciudad de México. La ministra Yasmín Esquivel Mossa retiró de último momento un proyecto que se discutiría este jueves en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el que propone desechar un recurso de la Secretaría de Hacienda que buscaba revocar la admisión de un amparo promovido por Totalplay, empresa de Ricardo Salinas Pliego, relacionado con un juicio en el que la compañía impugnó un crédito fiscal superior a 645 millones de pesos.

Dicha dependencia busca, mediante el recurso de reclamación 291/2025, que el alto tribunal revoque el acuerdo del 25 de abril pasado emitido por la entonces ministra presidenta Norma Piña, mediante el cual se admitió a trámite el amparo directo en revisión 2526/2025 promovido por la empresa Total Play.

"Procede declarar infundado el recurso de reclamación que se analiza y confirmar el acuerdo de veinticinco de abril de dos mil veinticinco, emitido en el amparo directo en revisión 2526/2025”, señala el proyecto del recurso de reclamación 291/2025.

La controversia inició cuando Totalplay promovió juicios contenciosos administrativos para impugnar un crédito fiscal de más de 645 millones 763 mil 797.87 pesos determinado en su contra por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) el 6 de septiembre de 2017, el cual fue confirmado por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

Inconforme, la empresa promovió un amparo directo (823/2017), que fue atraído por la extinta Segunda Sala de la SCJN. En marzo de 2024, la Sala le concedió la protección constitucional para que la Sala Superior del TFJA anulara la sentencia que determinó el crédito fiscal de más de 645.7 millones de pesos y emitiera otra resolución en la que reconozca como deducibles las comisiones pagadas por la compañía a distribuidores, por un monto de 621 millones 960 mil 96.63 pesos.

En cumplimiento, el Pleno del TFJA emitió una nueva sentencia en septiembre de 2024, declarando la nulidad parcial de las resoluciones fiscales únicamente en el punto relativo a dichas deducciones, pero manteniendo la validez del resto del crédito. Además, ordenó a la autoridad fiscal a emitir una nueva determinación en un plazo de cuatro meses, conforme al artículo 52 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCyA).

No obstante, la empresa de Salinas Pliego volvió a inconformarse mediante un segundo amparo directo (635/2024), ahora cuestionando la constitucionalidad del mismo artículo 52, por considerar que el plazo otorgado a la autoridad violaba la seguridad jurídica al reabrir plazos de caducidad previstos en el Código Fiscal de la Federación. El Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa negó el amparo al estimar inoperante el planteamiento, lo que llevó a la quejosa a interponer un recurso de revisión ante la SCJN.

El 25 de abril de 2025, la entonces ministra presidenta de la Corte, Norma Piña, admitió el recurso de revisión 2526/2025 al advertir un tema constitucional relevante. Sin embargo, la Secretaría de Hacienda impugnó la admisión mediante el recurso de reclamación 291/2025.

El 2 de septiembre, el asunto fue turnado a la ministra Esquivel Mossa, proyecto que fue enlistado y luego retirado en la sesión de este jueves, que declara infundado el reclamo y confirma la admisión del amparo en revisión (2526/2025), lo que deja abierta la vía para que el máximo tribunal analice el fondo de la constitucionalidad del artículo 52 de la LFPCyA.

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