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Reforman Ley en materia de desaparición de personas en Veracruz

El Congreso de Veracruz aprobó, con 41 votos a favor y tres en contra, reformas a la Ley en materia de desaparición de personas que incorporan el uso de tecnología y herramientas forenses para la localización de no localizados. La iniciativa, enviada por la gobernadora Rocío Nahle García, busca acelerar los procesos de búsqueda e identificación. Foto
El Congreso de Veracruz aprobó, con 41 votos a favor y tres en contra, reformas a la Ley en materia de desaparición de personas que incorporan el uso de tecnología y herramientas forenses para la localización de no localizados. La iniciativa, enviada por la gobernadora Rocío Nahle García, busca acelerar los procesos de búsqueda e identificación. Foto Carlos Nava
15 de agosto de 2025 15:32

Xalapa, Ver. El Congreso local del estado de Veracruz aprobó la reforma a la Ley en materia de desaparición de personas para el Estado de Veracruz, en la cual se contempla el uso de tecnología y de herramientas forenses para la búsqueda y localización de individuos no localizados.

Con 41 votos a favor y tres en contra, las y los legisladores veracruzanos aprobaron la iniciativa enviada por la Gobernadora del Estado, Rocío Nahle Garcia para hacer cambios que permitan agilizar la búsqueda de desaparecidos.

“Darle celeridad al proceso de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, realizando todas las adecuaciones pertinentes para que las autoridades involucradas actúen desde el primer momento”, indica la iniciativa.

De acuerdo a la gaceta legislativa, uno de los principales cambios es el uso de Clave Única de Registro de Población para la identificación y ubicación de personas con el fin de de identificar cualquier movimiento, registro o actualización que pudiera aportar información investigación, búsqueda, localización o identificación.

Asimismo, señala que las autoridades involucradas en la búsqueda deben ser notificadas en tiempo real si se detecta el uso de la CURP de una persona desaparecida, además de realizar búsquedas continuas de dicho documento en diversos registros.

La ley también obliga, a autoridades y particulares, a compartir datos biométricos y cualquier otro elemento de identificación que tengan en su poder con la Fiscalía Especializada y de esa manera permitir una mejor búsqueda.

Además, todas aquellas instituciones, públicas o privadas, que tengan a su resguardo cuerpos o restos humanos deberán llevar y mantener actualizados registros sistematizados con la información forense obtenida de los mismos, los cuales deberán ser de fácil interconexión para las autoridades encargadas de las investigaciones de personas desaparecidas.

En el caso de las denuncias por desaparición, deberán registrarse de manera inmediata en el Registro Nacional y en la Base Nacional de Carpetas de Investigación, además de que se debe presumir con vida a la persona desaparecida. 

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