Ciudad de México. Tras fracasar en su intento por obtener el beneficio de enfrentar su proceso penal en libertad, Carlos Maldonado Mendoza, ex secretario de Finanzas de Michoacán durante el gobierno de Silvano Aureoles Conejo (2015-2021), solicitó un nuevo amparo contra tratos crueles y degradantes y exigió acceso a la audiencia en la cual se revisó el cambio de medidas cautelares.
En un recurso interpuesto el pasado 7 de julio obtuvo del juzgado tercero de distrito en materia penal, con sede en la Ciudad de México, una suspensión de plano —conforme a derecho ante la presunta violación de derechos humanos— para que cesen los actos que puedan violar sus garantías individuales.
Los actos, considerados fuera de juicio, ya que enfrenta un proceso penal en el que se le acusa de participar en la red de corrupción que realizó el desvío de más de tres mil millones de pesos que estaban destinados a construir cuarteles de policía en esa entidad durante el gobierno de Silvano Aureoles Conejo.
La Fiscalía especializada en Materia de Combate a la Corrupción (FEMCC), de la Fiscalía General de la República (FGR), le imputa la comisión de los delitos de peculado, operaciones con recursos de procedencia ilícita, asociación delictuosa y administración fraudulenta.
Maldonado Mendoza ha solicitado en dos ocasiones el cambio de medidas cautelares —esto es, que se modifique el acuerdo de prisión justificada por libertad condicional— pero los jueces de distrito le han negado ese beneficio ante la posibilidad de que pueda huir, ello, debido a que cuando se libró la orden de aprehensión en su contra huyó del país pero fue detenido cuando arribó al aeropuerto de Miami, Florida en Estados Unidos, y deportado a México el pasado 1 de marzo.
De acuerdo con los registros del Poder Judicial de la Federación (PJF) el amparo fue solicitado en contra de la comisión de “Tratos crueles e inhumanos y degradantes". Ello, a través de la denegación y omisión de permitir al quejoso acceder a la audiencia de revisión de medidas cautelares con la que ha insistido, mediante la realización de actos que en su conjunto han generado un tormento y el peligro de pérdida de la vida al quejoso”.
Ante ello, el juzgado tercero de distrito en materia penal determinó conceder la suspensión de plano “para que cese de inmediato cualquier acto” que viole los derechos humanos del solicitante.
Sin embargo, el juzgado consideró que “carece de competencia para conocer del juicio de amparo por razón de conocimiento previo, por lo que se declina competencia a favor del juez noveno de Distrito de la especialidad para que se pronuncie respecto de la misma”, lo anterior, toda vez que éste último órgano judicial ha conocido de otros amparos solicitados por Maldonado Mendoza.