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Urgen a aprobar ley para regular a 10 mil empresas de seguridad informales

 Además de incurrir en incumplimiento legal, las empresas irregulares vulneran derechos de los trabajadores. En la imagen, un elemento de seguridad en riesgo.
Además de incurrir en incumplimiento legal, las empresas irregulares vulneran derechos de los trabajadores. En la imagen, un elemento de seguridad en riesgo. Foto: La Jornada
22 de junio de 2025 16:07

Ciudad de México. El Consejo Nacional de Seguridad Privada (CNSP) lo tiene claro: mientras haya un vacío legal con más empresas de seguridad patito que formales, la incidencia de delitos seguirá aumentando y el peligro para los ciudadanos será latente, hasta que exista una ley general de seguridad privada que regule, fiscalice y supervise a los más de 500 mil guardias privados legales e ilegales que operan en México.

El abogado, Raúl Sapién Santos, presidente del CNSP afirma lo anterior y advierte del peligro que representan más de 10 mil compañías irregulares que contratan personal sin capacitación que portan armas, a veces de uso exclusivo del Ejército, sin los permisos debidos ni la fiscalización del Estado, frente a más de cinco mil empresas formales.

Peor aún, la alerta incluye el riesgo de que las que operan en la informalidad contraten elementos del crimen organizado: “Necesitamos una nueva ley para dotar a México de los instrumentos que supervisen la proliferación de estas empresas patito y se determinen sus obligaciones. Esas compañías deben informar a quiénes prestan servicio de escoltas y traslado de valores, a quién le están vendiendo vehículos blindados y si eso contribuye a prevenir el delito”.

Tema empantanado

El CNSP –fundado por el empresario, Alejandro Desfassiaux–, con más de 250 empresas asociadas, cumplió 29 años. Señala que la seguridad privada forma parte del sistema nacional de seguridad pública:

"Nuestro país carece de un registro nacional único de prestadores de servicios de seguridad privada y, obviamente, al carecer de ese registro y de una simetría jurídica entre lo que mandata una ley federal y las de carácter estatal, esto se convierte en oportunismo, donde las empresas regulares son más sancionadas que aquellas que trabajan en la oscuridad e ilegalidad", afirma Sapién Santos.

Agrega: “Al haber divergencia de leyes –particularmente las de carácter estatal, que son incumplibles– se generan actos de corrupción y se estimula más un mercado ilegal que regulado. Hay, además, una complicación regulatoria con cobros excesivos para exámenes de control de confianza, diferencias de los uniformes en los estados, así como en los criterios de capacitación del personal de una entidad a otra”.

Frente a la ausencia de una ley y de un marco normativo general, existe un cobro excesivo de derechos: "Hoy, el sector de la seguridad privada regular tiene que cumplir con muchas obligaciones tributarias, mientras las empresas ilegales esquivan el pago de impuestos, no capacitan, no cumplen con obligaciones aranceralias, etcétera".

Por tanto, el empresario se ve obligado a tener que recurrir a los tribunales para levantar varios juicios en materia administrativa porque existe una carga excesiva regulatoria que los castiga, y más de 55 o 65 por ciento de las 250 compañías que componen el consejo han tenido que acudir a los tribunales administrativos.

"Han utilizado este medio para poder sostener su registro o acreditar que están cumpliendo con la ley. Se tiene que acudir a procedimientos administrativos para hacer ver a las autoridades que están excediendo sus facultades o que los cobros son excesivos en materia regulatoria y son incumplibles, y se hace uso de diversas técnicas jurídicas para que el sector regular pueda defenderse".

Debido a la carga excesiva regulatoria, cada juicio deriva en los requerimientos que llega hacer la autoridad: "Una sola empresa ha presentado más de 10 juicios por diferentes actos de carácter administrativo: desde una verificación o cuando niegan la revalidación o el establecimiento de una oficina. A veces es incosteable para un empresario trabajar en la regularidad. No le da para sostener una oficina con todo el gasto administrativo y la carga tributaria".

Competencia desleal

A pesar de que el tribunal administrativo federal y los estatales han generado certeza jurídica, la carga de los procesos es preocupante: "No es un tema basado en el dolo, no es que el empresario esté haciendo caso omiso de sus obligaciones. Falta tecnificar, generar mayores recursos para dotar de mejor tecnología a nuestros reguladores estatales".

Añade: “Muchos de estos juicios son iniciados porque no se contestó en tiempo y forma. El problema es que las plataformas digitales a las que estamos obligados a mandar las notificaciones y contestaciones no funcionan de manera correcta. Podrían decir que una empresa fue omisa en cuanto a sus revalidaciones, y desafortunadamente no es así. Hay insensibilidad para regular el mercado de las compañías privadas que están en el ojo del huracán: son localizables, tienen una imagen corporativa y es más fácil auditarlas y, por supuesto, sancionarlas".

Ante el preocupante caos provocado por los entes patito de seguridad, el CNSP ha llevado listados a los reguladores de Puebla, Guanajuato y otros estados para denunciar a quienes incumplen la ley, carecen de registro y además vulneran derechos laborales.

"Esta competencia desleal representa un menoscabo patrimonial para el empresario formal. Todo esto podría evitarse si existiera una nueva ley en materia de seguridad privada. Desafortunadamente, es más sancionada la compañía que tiene un permiso que una que trabaja en la oscuridad. Es el mundo al revés", comenta.

"El que trabaja en un mercado ilegal vulnera derechos laborales, no tiene un permiso y no paga impuestos, no paga seguro social; y como no es fiscalizable, como no es auditable ni está visible, pues sigue trabajando a lo largo de los años sin alguna consecuencia".

Al contrario a lo que sucede con las compañías irregulares que laboran ante la mirada de las autoridades sin consecuencias, "las legales son sancionadas por no presentar un reporte en la fecha de vencimiento o la actualización de sus insumos, del equipo con que trabajan o una alta o una baja de personal operativo; pueden ser castigadas hasta con una clausura provisional de 30 días para que no puedan trabajar. Es una medida excesiva, prácticamente es aniquilar una fuente laboral, el cierre de operaciones de esa empresa de ingreso formal".

El 28 de mayo de 2021 se adicionó la fracción XXIII bis al artículo 73 de la Constitución en materia de seguridad privada para otorgar facultades al Congreso, a fin de expedir una ley general en materia de seguridad privada.

Cuatro años después, ese mandato se ha desatendido y la norma sigue sin ser discutida y aprobada. La legislación federal actual en esta materia tiene más de 18 años y desde entonces se han creado decenas de leyes en seguridad privada en los estados y municipios, lo que ha generado una “sobrerregulación, pues ha favorecido la corrupción y el oportunismo de las empresas irregulares", asegura Sapién Santos.

Añade: "Cuando el de enfrente no tiene un permiso ni paga impuestos ni otras obligaciones y sigue trabajando sin ningún problema, la consecuencia puede ser catastrófica, como el cierre de la empresa formal".

Los reguladores estatales y el federal dependen de las secretarías de seguridad pública y a nivel federal de la de Seguridad y Protección Ciudadana: "Es como salir de pesca en mar abierto a meter un anzuelo en una pecera porque están cautivos. Desafortunadamente, el mercado regular se vuelve cautivo para las verificaciones, y la fiscalización y deja a un lado a las empresas irregulares porque son más difíciles de pescar".

Además, destaca que hay municipios y entidades estatales donde quien regula la seguridad privada son las policías auxiliares y complementarias, que generan competencia desleal porque no son seguridad pública, pero se presentan como entes de seguridad privada, aunque consideran que no deberían ser conceptualizados así porque no cumplen con lo que ordena la ley del ramo.

“Para efectos de dar una anuencia, esas policías auxiliares y complementarias en los estados o municipios –como la Bancaria e Industrial de la Ciudad de México–, muchas veces a nuestros asociados les piden contratos, facturas y relación de servicios. Se les entrega y constituyen una carpeta regulatoria en apariencia, para luego usar esa información confidencial y así ellos mismos vender servicios de seguridad privada.”

Lamenta que empresarios formales entreguen información de carácter confidencial a quienes también venden servicios de seguridad privada, siendo una entidad del Estado, auspiciados en una policía auxiliar y complementaria y no tengan que cumplir con cargas administrativa y tributaria.

"No hay problema. Que vendan servicios de seguridad privada, debe existir libre competencia, eso hace que mejoren los programas de capacitación, pero que estos entes auxiliares cumplan con la ley de seguridad privada para que no haya desventaja competitiva y regulatoria frente a las compañías formales".

Para dotar de certeza jurídica a los entes de seguridad privada, el CNSP propone la creación de una autorización y permiso únicos estipulados en una nueva ley que próximamente será discutida en la Cámara de Diputados, para que los más de 500 mil elementos de seguridad que existen en el país coadyuven con los cuerpos de seguridad.

Por eso confían en que el Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Omar García Harfuch, atienda y sea sensible a esta problemática. Sapién Santos comenta: "Buscamos la legalidad, eficiencia, profesionalismo y, sobre todo, el irrestricto respeto a los derechos humanos en la prestación de estos servicios, a fin de generar un carácter de auxiliares de seguridad privada para ayudar a la pública en funciones de prevención del delito".
 

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